III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-23722)
Orden JUS/1305/2022, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Jueves 29 de diciembre de 2022
Quinto.

Sec. III. Pág. 190263

Se añade una nueva letra p) al artículo 6 con la siguiente redacción:

«p) La autorización de salida de bienes y materiales del Archivo Central
del Ministerio de Justicia, en los casos previstos en el artículo 63.2 de la Ley 16/1985,
de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.»
Sexto. El artículo 9 pasa a estar redactado de la siguiente manera:
«Artículo 9. Delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría
General Técnica.
Se delega por la persona titular del Ministerio en la persona titular de
la Secretaría General Técnica el ejercicio de la competencia en materia de fijación
o modificación del precio de venta al público de las publicaciones del Ministerio
que figuren en el programa editorial del Departamento (Unidad Editora, Secretaría
General Técnica).»
Séptimo.

El artículo 11 pasa a estar redactado de la siguiente manera:

«Artículo 11. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección
General de Transformación Digital de la Administración de Justicia.
Se delega por la persona titular del Ministerio en la persona titular de
la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia el
ejercicio de la competencia relativa a la resolución de los expedientes relativos a la
cancelación de antecedentes en los registros judiciales, incluyendo la resolución
de los recursos de reposición y extraordinario de revisión interpuestos frente a
estas resoluciones.»
Octavo. La letra a) del artículo 12 pasa a estar redactada de la siguiente manera:
«a) La resolución de los expedientes de adquisición de la nacionalidad
española por residencia, de dispensa del requisito de residencia legal para
recuperar la nacionalidad española, incluyendo en ambos casos la resolución de
los recursos de reposición y extraordinarios de revisión interpuestos contra las
correspondientes resoluciones denegatorias, de dispensas matrimoniales, con
inclusión de la autorización del matrimonio secreto, y de cambio y conservación de
nombres y apellidos.»
Noveno.

El artículo 14 pasa a estar redactado de la siguiente manera:

a) La autorización del gasto y del pago con cargo a los anticipos de caja fija
de su respectiva caja pagadora, así como la formalización de los documentos
contables necesarios para la reposición de fondos e imputación al presupuesto de
los gastos realizados, siempre dentro del límite de consignación presupuestaria
específica que en cada momento se señale.
b) La aprobación de las cuentas justificativas de las obligaciones satisfechas
con cargo a los anticipos de caja fija de sus respectivas cajas pagadoras, una vez
fiscalizadas las mismas.»
Décimo.

El artículo 15 pasa a estar redactado de la siguiente manera:

«1. Se delega por la persona titular del Ministerio en la persona titular de
la Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración
de Justicia el ejercicio de la competencia relativa a las actuaciones derivadas de
los concursos de traslados, concursos específicos y procedimientos de libre

cve: BOE-A-2022-23722
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«Se delega por la persona titular del Ministerio en las personas titulares de las
gerencias territoriales el ejercicio de las siguientes competencias: