III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-23722)
Orden JUS/1305/2022, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 190274
constituir la persona titular de la Abogacía General del Estado-Dirección del
Servicio Jurídico del Estado en el ejercicio de sus competencias.
e) Acordar las designaciones, como letrados habilitados del Abogado
del Estado, con el conocimiento de la Secretaría General de la Abogacía General
del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.»
Vigesimotercero. Se suprime el apartado 3 del artículo 32.
Vigesimocuarto. Se suprime el artículo 35.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en esta orden y, en particular, la Orden JUS/1037/2020, de 4 de noviembre,
sobre fijación de límites para administrar los créditos para gasto.
Disposición final única. Eficacia.
Esta orden producirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2022-23722
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 23 de diciembre de 2022.–La Ministra de Justicia, María Pilar LLop Cuenca.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 190274
constituir la persona titular de la Abogacía General del Estado-Dirección del
Servicio Jurídico del Estado en el ejercicio de sus competencias.
e) Acordar las designaciones, como letrados habilitados del Abogado
del Estado, con el conocimiento de la Secretaría General de la Abogacía General
del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.»
Vigesimotercero. Se suprime el apartado 3 del artículo 32.
Vigesimocuarto. Se suprime el artículo 35.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en esta orden y, en particular, la Orden JUS/1037/2020, de 4 de noviembre,
sobre fijación de límites para administrar los créditos para gasto.
Disposición final única. Eficacia.
Esta orden producirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2022-23722
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 23 de diciembre de 2022.–La Ministra de Justicia, María Pilar LLop Cuenca.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X