I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Contrataciones en origen. (BOE-A-2022-23056)
Orden ISM/1302/2022, de 27 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 188991
autorización de trabajo por cuenta ajena de los extranjeros cuya relación laboral se
desarrolle en dicha comunidad autónoma y de conformidad con el correspondiente real
decreto de traspaso de funciones y servicios.
En estos supuestos y de conformidad con el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000,
de 11 de enero la resolución de la autorización inicial de trabajo y residencia se
efectuará, de forma coordinada y concordante, mediante resolución conjunta de dichas
administraciones.
Disposición adicional tercera.
No incremento del gasto público.
Las medidas contenidas en esta orden no generan un incremento del gasto público.
Disposición final primera.
Título competencial.
La presente orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.2.ª de la
Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de inmigración
y extranjería.
Se exceptúan de lo anterior los preceptos que regulan los procedimientos sobre
gestión de las ofertas de empleo y autorizaciones de trabajo que se dictan al amparo del
artículo 149.1.7.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva
sobre legislación laboral sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las
comunidades autónomas.
Disposición final segunda.
Ejecución y desarrollo.
Se autoriza al órgano competente por razón de la materia del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones a adoptar las medidas y dictar las instrucciones de
desarrollo que considere necesarias para la ejecución de esta orden.
Disposición final tercera.
Vigencia.
La presente orden entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y mantendrá su vigencia
hasta el 31 de diciembre de 2023.
cve: BOE-A-2022-23056
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 27 de diciembre de 2022.–El Ministro de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, José Luis Escrivá Belmonte.
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 188991
autorización de trabajo por cuenta ajena de los extranjeros cuya relación laboral se
desarrolle en dicha comunidad autónoma y de conformidad con el correspondiente real
decreto de traspaso de funciones y servicios.
En estos supuestos y de conformidad con el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000,
de 11 de enero la resolución de la autorización inicial de trabajo y residencia se
efectuará, de forma coordinada y concordante, mediante resolución conjunta de dichas
administraciones.
Disposición adicional tercera.
No incremento del gasto público.
Las medidas contenidas en esta orden no generan un incremento del gasto público.
Disposición final primera.
Título competencial.
La presente orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.2.ª de la
Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de inmigración
y extranjería.
Se exceptúan de lo anterior los preceptos que regulan los procedimientos sobre
gestión de las ofertas de empleo y autorizaciones de trabajo que se dictan al amparo del
artículo 149.1.7.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva
sobre legislación laboral sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las
comunidades autónomas.
Disposición final segunda.
Ejecución y desarrollo.
Se autoriza al órgano competente por razón de la materia del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones a adoptar las medidas y dictar las instrucciones de
desarrollo que considere necesarias para la ejecución de esta orden.
Disposición final tercera.
Vigencia.
La presente orden entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y mantendrá su vigencia
hasta el 31 de diciembre de 2023.
cve: BOE-A-2022-23056
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 27 de diciembre de 2022.–El Ministro de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, José Luis Escrivá Belmonte.