III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-23727)
Orden ICT/1307/2022, de 22 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICT/738/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de fortalecimiento industrial del sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2023, mediante tramitación anticipada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 190425

producción o instalación considerada, aunque pudiera producirse una reducción en
términos relativos (por unidad producida).
2. A la hora de seleccionar el equipo para imputar la inversión como separada y
exclusivamente vinculada a la protección del medioambiente o la mejora de eficiencia
energética considere los siguientes puntos:
a) La renovación o sustitución de una instalación, línea, equipo o aparato de
producción por otro más respetuoso con el medioambiente o más eficiente
energéticamente que los existentes, no constituye una inversión separada.
b) La inversión en una nueva instalación, línea, equipo o aparato no necesaria en el
proceso productivo actual, y no obligatoria por normativa si está vinculada a la protección
del medioambiente o la mejora de eficiencia energética, sí constituye una inversión
separada. Por ejemplo, constituirían inversiones de este tipo un equipo de retención de
partículas a la atmósfera o un recuperador de calor de los procesos de producción, no
requeridos por ninguna normativa.
3. En el caso de que no exista una justificación suficientemente sólida del punto 2
anterior, será necesario, para determinar un presupuesto financiable, establecer una
inversión similar a la propuesta, menos respetuosa con el medio ambiente. Esa inversión
alternativa debe cumplir los siguientes requisitos:
a) La inversión propuesta debe garantizar un nivel inferior de consumos
energéticos, de emisiones, de recursos y materias primas y/o de residuos de la línea de
producción o instalación considerada en términos absolutos.
b) La inversión base (similar menos respetuosa con el medio ambiente) debe ser
aquella que, en el momento actual, y con independencia de la antigüedad o condiciones
que aplicaban en su momento al aparato o equipo que se sustituye, cumple actualmente
con la normativa europea y tiene las mismas capacidades de producción que la inversión
propuesta. Considere el coste de la inversión de mercado que cumple estrictamente con
la anterior consideración.
c) Solo en caso de que no exista normativa europea al respecto, lo cual deberá
justificar, considere el coste de adquisición de una instalación, línea, equipo o aparato,
que esté en el valor medio de consumos o emisiones en el mercado. Deberá justificarlo
indicando algún ejemplo de instalación concreta o presentando presupuestos
alternativos.
d) La reparación de los equipos existentes o la sustitución de partes de los mismos,
no se considera una inversión similar alternativa.
e) La no inversión en ausencia de la ayuda no es una inversión similar alternativa.
Para ser aceptado el gasto correspondiente, deberá estar sustentado mediante la
presentación de al menos una oferta de un tercero no vinculado con el solicitante
correspondiente a la alternativa; o informes de terceros que permitan realizar la
comparación entre las alternativas planteadas.
2.2

Identificación de instalaciones incluidas en el proyecto primario.

Para cada instalación identificada, proporcione:

a) Justificación del carácter innovador de las inversiones en esa instalación: indique
y justifique el TRL escogido en función del anexo V de esta convocatoria, y si se basa en
una innovación a nivel de línea o de alguno de las instalaciones que lo componen.
b) Listado de inversiones en instalaciones: rellene el cuadro siguiente insertando
una nueva tabla para cada una de las instalaciones que configuren el presupuesto total
presentado en esta partida.

cve: BOE-A-2022-23727
Verificable en https://www.boe.es

ID Instalación: INX: