III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-23726)
Orden ICT/1306/2022, de 21 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICT/739/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de integración y transformación de la cadena de valor industrial del sector naval, dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica para la modernización y diversificación del ecosistema naval español, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la convocatoria mediante tramitación anticipada correspondiente al año 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Criterios de los proyectos primarios
Sec. III. Pág. 190313
Puntuación máxima
Umbral de
puntuación
D.1) Adecuación a los bloques, a los tipos de proyectos susceptibles de ayuda y los beneficiarios
establecidos en esta orden.
Criterio excluyente
D.2) Cumplimiento del principio de "no causar un perjuicio significativo".
Criterio excluyente
D.3) Efecto incentivador de la ayuda.
Criterio excluyente
D.4) Viabilidad técnica de la propuesta.
21
d.4.1) Calidad/experiencia demostrable de la/s entidad/es y del equipo de trabajo en el ámbito del
proyecto presentado.
6
d.4.2) Calidad del plan de trabajo y viabilidad técnica de la propuesta.
9
d.4.3) Adecuada programación temporal del proyecto.
6
D.5) Criterios de impacto y contribución a la transición industrial.
9
d.5.1) Impacto directo del proyecto primario en el resto de la cadena de valor.
3
d.5.2) Contribución del proyecto primario al etiquetado digital.
3
d.5.3) Contribución del proyecto primario al etiquetado verde.
3
12
Sin umbral
En la aplicación de estos criterios se tomará en consideración:
d.4.1) Calidad/experiencia demostrable de la/s entidad/es y del equipo de
trabajo en el ámbito del proyecto presentado. Se valorará el detalle de las tareas
específicas a desarrollar por cada miembro del equipo de trabajo, así como la
experiencia previa acreditada tanto de las empresas, del personal interno y las
entidades participantes en labores y tareas similares a las que se lleven a cabo en
el ámbito de aplicación del proyecto primario, con objeto de determinar que
disponen de la capacitación necesaria para su ejecución.
d.4.2) Calidad del plan de trabajo y viabilidad técnica de la propuesta. Se
tendrá en cuenta la adecuación del proyecto presentado para la consecución de
los objetivos, en función de la validación de la tecnología a escala industrial, la
descripción de los insumos, productos, procesos de producción, regulación
específica de obligado cumplimiento, y la función de cada uno de los conceptos de
gasto presentados dentro del proyecto.
Asimismo, se valorará la adecuada descomposición del plan de trabajo en
paquetes y actividades, así como la coherencia con los objetivos finales y los hitos
intermedios. Se valorará la adecuada descripción e interrelación de cada paquete
de trabajo, y de cada actividad, así como la definición de requisitos y entregables
asociados a los anteriores. Asimismo, se considerará la adecuación del
presupuesto a la estructura de proyecto anterior.
d.4.3) Adecuada programación temporal del proyecto. Se evaluará la
adecuación de la programación temporal propuesta para cada paquete de trabajo
y actividad teniendo en cuenta su definición, así como el presupuesto consignado
en cada fase o hito y las coherencias de los costes imputados en cada actividad.
cve: BOE-A-2022-23726
Verificable en https://www.boe.es
D.1) Adecuación a las prioridades temáticas, a los tipos de proyectos
susceptibles de ayuda y los beneficiarios establecidos en esta orden de bases.
Valorará el cumplimiento de requisitos establecidos en los artículos 6, 11, 12 y 13.
D.2) Cumplimiento del principio de "no causar un perjuicio significativo".
Valorará la memoria de evaluación sustantiva de las actividades del proyecto
primario.
D.3) Efecto incentivador de la ayuda. Valorará si existe efecto incentivador,
de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de esta orden de bases.
D.4) Viabilidad técnica de la propuesta:
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Criterios de los proyectos primarios
Sec. III. Pág. 190313
Puntuación máxima
Umbral de
puntuación
D.1) Adecuación a los bloques, a los tipos de proyectos susceptibles de ayuda y los beneficiarios
establecidos en esta orden.
Criterio excluyente
D.2) Cumplimiento del principio de "no causar un perjuicio significativo".
Criterio excluyente
D.3) Efecto incentivador de la ayuda.
Criterio excluyente
D.4) Viabilidad técnica de la propuesta.
21
d.4.1) Calidad/experiencia demostrable de la/s entidad/es y del equipo de trabajo en el ámbito del
proyecto presentado.
6
d.4.2) Calidad del plan de trabajo y viabilidad técnica de la propuesta.
9
d.4.3) Adecuada programación temporal del proyecto.
6
D.5) Criterios de impacto y contribución a la transición industrial.
9
d.5.1) Impacto directo del proyecto primario en el resto de la cadena de valor.
3
d.5.2) Contribución del proyecto primario al etiquetado digital.
3
d.5.3) Contribución del proyecto primario al etiquetado verde.
3
12
Sin umbral
En la aplicación de estos criterios se tomará en consideración:
d.4.1) Calidad/experiencia demostrable de la/s entidad/es y del equipo de
trabajo en el ámbito del proyecto presentado. Se valorará el detalle de las tareas
específicas a desarrollar por cada miembro del equipo de trabajo, así como la
experiencia previa acreditada tanto de las empresas, del personal interno y las
entidades participantes en labores y tareas similares a las que se lleven a cabo en
el ámbito de aplicación del proyecto primario, con objeto de determinar que
disponen de la capacitación necesaria para su ejecución.
d.4.2) Calidad del plan de trabajo y viabilidad técnica de la propuesta. Se
tendrá en cuenta la adecuación del proyecto presentado para la consecución de
los objetivos, en función de la validación de la tecnología a escala industrial, la
descripción de los insumos, productos, procesos de producción, regulación
específica de obligado cumplimiento, y la función de cada uno de los conceptos de
gasto presentados dentro del proyecto.
Asimismo, se valorará la adecuada descomposición del plan de trabajo en
paquetes y actividades, así como la coherencia con los objetivos finales y los hitos
intermedios. Se valorará la adecuada descripción e interrelación de cada paquete
de trabajo, y de cada actividad, así como la definición de requisitos y entregables
asociados a los anteriores. Asimismo, se considerará la adecuación del
presupuesto a la estructura de proyecto anterior.
d.4.3) Adecuada programación temporal del proyecto. Se evaluará la
adecuación de la programación temporal propuesta para cada paquete de trabajo
y actividad teniendo en cuenta su definición, así como el presupuesto consignado
en cada fase o hito y las coherencias de los costes imputados en cada actividad.
cve: BOE-A-2022-23726
Verificable en https://www.boe.es
D.1) Adecuación a las prioridades temáticas, a los tipos de proyectos
susceptibles de ayuda y los beneficiarios establecidos en esta orden de bases.
Valorará el cumplimiento de requisitos establecidos en los artículos 6, 11, 12 y 13.
D.2) Cumplimiento del principio de "no causar un perjuicio significativo".
Valorará la memoria de evaluación sustantiva de las actividades del proyecto
primario.
D.3) Efecto incentivador de la ayuda. Valorará si existe efecto incentivador,
de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de esta orden de bases.
D.4) Viabilidad técnica de la propuesta: