III. Otras disposiciones. TRIBUNAL SUPREMO. Conflictos de jurisdicción. (BOE-A-2022-23743)
Conflicto de jurisdicción n.º 2/2022, suscitado entre el Juzgado Togado Militar Central n.º 1 y el Juzgado de Instrucción n.º 2 de Jerez de la Frontera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 190583

Antecedentes de hecho
Primero.
El Juzgado de Instrucción núm. 2 de los de Jerez de la Frontera incoó Diligencias
Previas 832/21, como consecuencia de la denuncia efectuada ante la comisaría del
Cuerpo de Policía Nacional de Jerez de la Frontera el mismo día 28 de noviembre
de 2021, por don Ignacio Llanos Hervella, y la posterior denuncia efectuada en la misma
comisaria el día 29 de noviembre de 2021, por don Héctor Álvarez Martínez.
Segundo.
Por su parte, el Juzgado Togado Militar Territorial núm. 22 de San Fernando (Cádiz),
incoó las Diligencias Previas 22/12/21 como consecuencia del escrito presentado por
don Ignacio Llanos Hervella, quien se identificó como Capitán de Corbeta, perteneciente
al Cuerpo General de la Armada, Escala de Oficiales, y puso en su conocimiento los
hechos, así como la condición militar del denunciado don Héctor Álvarez Martínez, lo que
dio lugar a la incoación de las Diligencias Previas 22/12/21, solicitando al referido
juzgado que se le tuviera como perjudicado ante el mismo, y que se requiriera al
Juzgado de Instrucción núm. 2 de los de Jerez de la Frontera, para que se inhibiera del
conocimiento de los hechos a la jurisdicción militar, por considerar que los mismos serían
constitutivos de un delito de insulto a un superior, previsto en el artículo 42 del Código
Penal Militar, toda vez que indicaba que el denunciado, don Héctor Álvarez Martínez,
ostentaba la condición de Teniente de Navío del Cuerpo General de la Armada, Escala
de Oficiales.
Tercero.
El Juzgado Togado Territorial núm. 22 de San Fernando (Cádiz), por Auto de
fecha 29 de noviembre de 2021, acordó requerir de inhibición al Juzgado de Instrucción
núm. 2 de los de Jerez de la Frontera, requerimiento que fue rechazado por este juzgado
mediante Auto de 23 de febrero de 2022.
Cuarto.
El Juzgado Togado Territorial núm. 22 de San Fernando (Cádiz), remitió la causa
(Diligencias Previas 22/12/21), a los Juzgados Togados Militares Centrales que fueron
turnadas al Juzgado Togado Militar Central núm. 1, quien las registra como Diligencias
Previas 1/05/22, inhibición que fue aceptada por el Juzgado Togado Militar Central
núm. 1, previo informe favorable del Fiscal Jurídico Militar, mediante Auto de fecha 26 de
abril de 2022, en el que simultáneamente se acordaba comunicar al Juzgado de
Instrucción núm. 2 de los de Jerez de la Frontera, la aceptación de la inhibición y solicitar
información acerca de si había quedado formalmente planteado el conflicto de
jurisdicción, a tenor de la decisión que dicho juzgado había adoptado por Auto de
fecha 23 de febrero de 2022.

Reiterada por el Juzgado Togado Militar Central núm. 1, la solicitud de información al
Juzgado de Instrucción núm. 2 de los de Jerez de la Frontera, acerca de si había
quedado formalmente planteado el conflicto de jurisdicción, mediante Auto de fecha 28
de junio de 2022, este último juzgado acuerda plantear formalmente conflicto de
jurisdicción con el Juzgado Togado Militar Central núm. 1.

cve: BOE-A-2022-23743
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Quinto.