III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-23029)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España en el periodo 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 188181

encuentran varios tipos de pastizales que deben seguir modelos de gestión propios y
diferentes:
– Praderas y prados de diente (HIC 6140, 6160, 6170, 6210, 6220, 6230, 6410,
6420).
– Dehesas de quercíneas (HIC 6310).
– Prados de siega (HIC 6510 y 6520).
La regulación en detalle del pastoreo debe además ser objeto de un seguimiento
adaptativo en el que participe dicha administración para verificar que la regulación en
cada caso adoptada verdaderamente contribuye a dicho estado de conservación
favorable.
En pastos que también sean hábitats de interés comunitario debe prohibirse el
laboreo, alzado o roturación del pastizal, así como el empleo de plaguicidas y de
fertilizantes, con las únicas excepciones que permitan los planes de gestión dentro de
espacios de la Red Natura 2000, o que biodiversidad para fuera de dicha Red determine
el órgano autonómico competente en orientadas a su mantenimiento en un estado de
conservación favorable.
Este compromiso debe incluir la conservación de los márgenes y setos perimetrales,
manteniendo su vegetación arbustiva y arbórea, y manteniendo también los cerramientos
tradicionales de piedra existentes.
Valorar extender este compromiso a la recuperación de superficie de hábitats de
interés comunitario de pastizal que en el pasado fueron roturados para su puesta en
cultivo, respondiendo a las previsiones en este sentido de los Marcos de Acción
Prioritaria.
Particular importancia y previsión de financiación debe prestarse en esta medida a la
regeneración de las dehesas mediante apoyo a la regeneración y acotamientos
selectivos de largo plazo al pastoreo por sectores, de conformidad con las previsiones en
este sentido de los Marcos de Acción Prioritaria.
También en respuesta a las previsiones de dichos MAP, en las zonas donde existan
grandes carnívoros, es necesario que este compromiso se complemente con medidas
que favorezcan la coexistencia con la ganadería extensiva, de conformidad con lo que
indique al respecto cada administración competente en biodiversidad. Entre estas
medidas se puede considerar la dotación de un servicio de pastoreo y vigilancia,
mantenimiento de perros pastores, mantenimiento de estructuras para pernoctación y
agrupamiento de ganado, mantenimiento de cercados de colmenas, o mantenimiento de
sistemas de geolocalización de ganado extensivo, entre otros. Estos compromisos han
de ser complementarios de inversiones a realizar con este mismo fin (adquisición o
construcción de los mencionados elementos) e incrementar significativamente la
previsión de financiación.
Este compromiso también debería incorporar elementos complementarios de apoyo
a la trashumancia en las áreas donde esta práctica ganadera tradicional ha definido el
paisaje y es necesaria para el mantenimiento de los pastizales que son hábitat de interés
comunitario en un estado de conservación favorable.
Apicultura para la biodiversidad.

Ampliar el enfoque de este compromiso a la mejora de las condiciones para el
conjunto de especies polinizadoras silvestres, además de la abeja Apis mellifera,
siguiendo las directrices de la Estrategia Nacional para la Conservación de los
Polinizadores aprobada por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente el 21 de
septiembre de 2020.
En zonas con oso, esta medida debería incorporar actuaciones para prevenir daños
a colmenas.

cve: BOE-A-2022-23029
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