III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-23029)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España en el periodo 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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de Emisiones a la Atmósfera de gases de efecto invernadero y contaminantes
atmosféricos», y la necesidad de añadir indicadores de aumento (o disminución) de los
sumideros de carbono y de adaptación al cambio climático.
La Subdirección General de Economía circular del MITERD plantea introducir
indicadores de contribución del PEPAC a la Estrategia Española de Economía Circular e
indicadores de reducción del volumen de los principales residuos.
La Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación requiere incorporar
los siguientes indicadores del cuerpo contenido en el Reglamento: R.30ER Apoyo a la
gestión forestal sostenible: porcentaje de tierra forestal objeto de compromisos para
apoyar la protección de los bosques y la gestión de los servicios relacionados con los
ecosistemas. R.31ER Preservación de hábitats y especies: porcentaje de superficie
agrícola utilizada (SAU) objeto de compromisos de ayudas que promueven la
conservación o la recuperación de la biodiversidad, incluidas las prácticas de explotación
agrícola de alto valor natural. R. 32 Inversiones relacionadas con la biodiversidad:
porcentaje de explotaciones que reciben ayudas a la inversión de la PAC en favor de la
biodiversidad. R.33 Mejora de la gestión de Natura 2000: porcentaje del total de la
superficie de Natura 2000 objeto de compromisos subvencionados. R.34ER
Preservación de elementos del paisaje: porcentaje de superficie agrícola utilizada (SAU)
objeto de compromisos subvencionados para la gestión de elementos del paisaje,
incluidos los setos y los árboles.
La Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del País Vasco considera
necesario marcar en el propio Plan objetivos cuantitativos de protección ambiental, no
resultando apropiado posponer su definición, y se muestra favorable a utilizar
indicadores de estado, de resultado, de impacto, de coste/efectividad y de contribución
del plan al logro de las principales políticas y compromisos en materia de medio
ambiente y clima.
La Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad de Baleares plantea que
los indicadores de seguimiento del estado de conservación de hábitats y especies
afectados por el Plan deben ser los de la Directiva Hábitats.
WWF España, en lo relativo a los indicadores incluidos en el Reglamento y no
seleccionados para el Plan, junto con SEO/Birdlife plantea añadir los indicadores IC37
Sistemas alto valor natural, I.22 Aumento de la agrobiodiversidad en los sistemas de
explotación agrícola: diversidad de cultivos, R.29ER Desarrollo de la agricultura
ecológica: porcentaje de la superficie agrícola utilizada (SAU) subvencionada por la PAC
destinada a la agricultura ecológica, con datos desglosados de mantenimiento y
conversión, y R.31ER Preservación de hábitats y especies: porcentaje de superficie
agrícola utilizada (SAU) objeto de compromisos de ayudas que promueven la
conservación o la recuperación de la biodiversidad, incluidas las prácticas de explotación
agrícola de alto valor natural. WWF también plantea hacer tras los dos primeros años de
ejecución del Plan una evaluación exhaustiva de los impactos ambientales y contribución
a los objetivos de medio ambiente y clima del régimen del pago básico previsto en el
Plan, y SEO/Birdlife requiere incluir el seguimiento del efecto de las ayudas a la
ganadería sobre las emisiones de gases de efecto invernadero y el impacto directo que
realmente causen los ecoesquemas y las ayudas agroambientales programados sobre la
biodiversidad.
La Dirección General de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos de La Rioja recuerda
la necesidad de conocer la huella de carbono del PLAN, e incluir el correspondiente
coste en el programa de vigilancia ambiental.
El seguimiento ambiental estratégico de este Plan requiere incorporar a los
indicadores de impacto, resultados, realización y contexto generales que contempla el
Reglamento en su Anexo I (mínimos comunes para todos los Estados Miembros) y que
han sido seleccionados e incluidos por el promotor en el plan, otros indicadores que
permitan conocer con precisión y de manera cuantitativa el impacto del Plan sobre las
principales políticas, planes o compromisos nacionales en materia de medio ambiente y
clima, tanto de signo positivo como de signo negativo, centrándolo en particular en los

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Núm. 311