III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-23029)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España en el periodo 2023-2027.
93 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 188144

ecoesquema resulta más apropiado para mejorar el estado de las masas de agua que no
cumplan sus objetivos medioambientales por presiones relacionadas con la agricultura, y
propone nuevo ecoesquema para ampliar la franja de protección de cauces sobre la de
la BCAM4, libres de cultivos de ningún tipo, y en consecuencia libres de roturación de
terrenos y de aplicación de fitosanitarios y fertilizantes.
La Dirección General de Biodiversidad de La Rioja señala la necesidad de incluir en
el Plan un eco-régimen para fomentar la coexistencia entre la ganadería extensiva y el
lobo, especialmente tras la aprobación de la Estrategia para la gestión y la conservación
del lobo del MITERD, abordando prioritariamente la prevención de daños.
La Fundación Nueva Cultura del Agua plantea un ecoesquema de cambio de cultivos
en regadío para reducción del consumo de agua, consistente en cambiar cultivos de alta
demanda neta de agua por otros de menor demanda neta, de manera que las
necesidades hídricas totales de la superficie acogidas al ecoesquema con el nuevo
cultivo disminuyan al menos un 10%.
La Real Federación Española de Caza propone ecoesquemas para áreas
cerealistas, dehesas y cultivos leñosos en secano, para mejora del hábitat de las
especies cinegéticas y de la fauna silvestre en general. Para las áreas cerealistas
plantea una altura de cosechado superior a 20cm, no intervención tras la cosecha hasta
el 1 de septiembre, mantenimiento de márgenes multifuncionales de más de 4m de
ancho sobre el 5% de la parcela con siembra de mezcla de especies y sin fitosanitarios
ni abonado, conservándola hasta el 1 septiembre, márgenes de siembra sin cosechar
ocupando el 5% de cada parcela, barbechos con cubierta vegetal y sin laboreo hasta el 1
de agosto, la prohibición de semillas blindadas y la diversificación de cultivos. Para
dehesas plantea una reducción de la carga ganadera, la construcción de caballones, la
introducción de pratenses de secano (Poetalia bulbosae), la regeneración del arbolado
mediante nuevas plantaciones y la creación e charcas. Para los cultivos leñosos en
secano plantea la creación de márgenes multifuncionales por el 5% de la superficie, el
mantenimiento de cubierta vegetal natural en las calles de cultivo, mantenimiento de
vegetación natural en torno a cauces y no laboreo del 1 de marzo al 1 de octubre.
En el apartado de determinaciones de esta resolución se incluyen algunas de estas
propuestas por considerarse particularmente bien dirigidas a reducir algunos de los
impactos más importantes que vienen siendo provocados por la agricultura y la
ganadería y a aumentar sus externalidades positivas (gestión de barbechos para la
biodiversidad, conservación de polinizadores y mejora del estado de masas de agua
mediante reducción de la presión por extracciones derivada de cambio a cultivos con
menos demanda, reducción de emisiones de NH3 y excedentes de nitrógeno y ecorégimen para producción sostenible de arroz).
CIS(32) Ayuda a la renta asociada.
Ayudas asociadas a determinadas prácticas ganaderas:
1PD32001801V1. Ayuda asociada a la producción sostenible de leche de vaca.
1PD32001802V1. Ayuda asociada a los ganaderos de vacuno extensivo.
1PD32001803V1. Ayuda asociada a los ganaderos de vacuno que engordan sus propios
terneros en la explotación de nacimiento. 1PD32001804V1. Ayuda asociada a los
ganaderos para el engorde sostenible de terneros.
La evaluación cualitativa que hace el estudio ambiental estratégico de los impactos
provocados por estas medidas detecta, para las líneas de vacuno de carne y engorde
sostenible, algunos impactos de signo variable en los ámbitos de agua, residuos, cambio
climático y biodiversidad.
La Subdirección General de Economía Circular del MITERD aporta un gran número
de aclaraciones y definiciones por la normativa de residuos, y para estas medidas en
explotaciones en régimen intensivo plantea incluir entre las condiciones de elegibilidad el
acreditar que se realiza una adecuada valorización material y energética de los residuos
ganaderos (deyecciones y estiércoles) con objeto de evitar emisiones a la atmósfera de

cve: BOE-A-2022-23029
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 311