I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Gas natural. Precios. (BOE-A-2022-22692)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural.
5 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Miércoles 28 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 186173
Sexto.
Se publica, a título informativo para la estimación de la deuda soportada por los
comercializadores de último recurso, las tarifas del termino variable aplicando el coste de
materia prima calculado conforme la ITC/1660/2009, de 22 de junio:
Término variable (cent/kWh)
T.RL1
11,603994
T.RL2
11,318112
T.RL3
11,101069
T.RL4
11,260814
T.RL5
11,165250
T.RL6
10,470488
T.RL7
10,134597
T.RL8
10,108175
T.RL9
10,089954
T.RL10
10,082159
T.RL11
10,052801
Séptimo.
La presente resolución surtirá efectos el 1 de enero de 2023.
Contra la presente resolución, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, puede interponerse recurso de alzada ante el
Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su
publicación.
cve: BOE-A-2022-22692
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 22 de diciembre de 2022.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 311
Miércoles 28 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 186173
Sexto.
Se publica, a título informativo para la estimación de la deuda soportada por los
comercializadores de último recurso, las tarifas del termino variable aplicando el coste de
materia prima calculado conforme la ITC/1660/2009, de 22 de junio:
Término variable (cent/kWh)
T.RL1
11,603994
T.RL2
11,318112
T.RL3
11,101069
T.RL4
11,260814
T.RL5
11,165250
T.RL6
10,470488
T.RL7
10,134597
T.RL8
10,108175
T.RL9
10,089954
T.RL10
10,082159
T.RL11
10,052801
Séptimo.
La presente resolución surtirá efectos el 1 de enero de 2023.
Contra la presente resolución, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, puede interponerse recurso de alzada ante el
Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su
publicación.
cve: BOE-A-2022-22692
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 22 de diciembre de 2022.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.
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