II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-23001)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, en el marco de estabilización de empleo temporal, de plazas de personal laboral de la categoría de Técnico Auxiliar de Conserjería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 187669

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado; las Leyes de la Función Pública estatal y autonómica y sus
disposiciones de desarrollo; el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades
Públicas de Andalucía; el Decreto 212/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la
modificación de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003,
de 7 de octubre; el Reglamento 25/2022 de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional del personal de administración y servicios de la Universidad de Córdoba, aprobado
por Consejo de Gobierno de fecha 28 de octubre de 2022 (BOUCO núm. 1033, de 31/10/2022),
y demás normativa de pertinente aplicación.
1.3 El procedimiento de selección de las personas aspirantes será el de concurso.
1.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, toda la
información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas participantes e
interesadas se publicará en el Portal del Personal, apartado «Convocatorias de empleo PAS», de
la página web de la Universidad de Córdoba.
1.5 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984,
de 26 diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas (BOE núm. 4, de 4 de enero de 1985).
2.

Requisitos de las personas aspirantes

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad
dependientes.
Asimismo, podrán participar los extranjeros con permiso de trabajo y residencia legal
en España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la
plaza a la que se opta. Quienes tengan la condición de discapacitado reconocida
oficialmente deberán tener catalogada la discapacidad acreditando su compatibilidad con
las funciones de las plazas a las que se opta, funciones descritas en el anexo II del IV
Convenio Colectivo de Personal Laboral de las Universidades Andaluzas, publicado en
BOJA núm. 36 de 23 de febrero de 2004.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban como personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.

cve: BOE-A-2022-23001
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2.1 Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán reunir
los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular, los siguientes
requisitos, conforme a los artículos 56 y 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
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