II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-22749)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso, para acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Titulado especialista en Ciencias de la Salud: Alergología, Anestesia y Reanimación, Anatomía Patológica, Cardiología, Cirugía General y del Aparato Digestivo, Dermatología Médico-Quirúrgica y Venereología, Endocrinología y Nutrición, Hematología y Hemoterapia, Medicina Familiar y Comunitaria (Médico/a de Equipo de Soporte de Asistencia Domiciliaria), Medicina Física y Rehabilitación, Medicina Interna, Microbiología y Parasitología, Nefrología, Neumología, Neurología, Obstetricia y Ginecología, Otorrinolaringología, Oncología Médica, Pediatría y sus Áreas Específicas, Psicología Clínica, Radiodiagnóstico, Urología, Farmacéutico/a de Atención Primaria y Pediatra de Atención Primaria; así como de Titulado Sanitario: Odontólogo/a, Médico/a de Urgencia Hospitalaria, Médico/a de Emergencias y Médico/a de Urgencias (Atención Primaria).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022
3.
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Sec. II.B. Pág. 186836

El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.

Una vez completados los datos solicitados, pulsando sobre el botón «Inscribirse», se
mostrará una pantalla de progreso donde se da confirmación de cada uno de estos
pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestran los justificantes del
pago y registro de la inscripción. De otra manera, el proceso no se considerará completo.
El pago electrónico de la tasa de derechos de participación en este concurso de
méritos se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de
marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago
por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General
del Estado y sus Organismos Públicos (BOE de 2 de abril). La constancia de pago
correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC)
emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante
de registro.
En el caso de que no se haya dado la conformidad al órgano gestor para la
verificación de datos en la plataforma de intermediación, deberá adjuntarse escaneada
en la solicitud electrónica, la documentación justificativa relacionada con el apartado 5.5
donde se indican las exenciones al pago de la tasa por derecho de participación en este
concurso de méritos.
5.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
5.5 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de participación en este
concurso de méritos:

1. Que, en el plazo señalado, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni
se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional.
Estos extremos se verificarán en todo caso y, salvo que conste oposición expresa de
la persona interesada, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del Servicio
de Inscripción en Pruebas Selectivas. En caso de no constar el consentimiento para el
acceso, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los
requisitos señalados, se deberá solicitar por la persona interesada en la oficina de los
servicios públicos de empleo. En ella deberá constar que se cumple con los requisitos
señalados y debe ser presentada por la persona interesada junto con el resto de la
documentación.
2. Que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario
Mínimo Interprofesional.
Este extremo, salvo que conste oposición expresa de la persona interesada
manifestada en la solicitud, se verificará por el órgano gestor mediante el acceso a la
Plataforma de Intermediación de Datos. En caso de no constar el consentimiento para el
acceso, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso,
del certificado del nivel de renta, que deberá aportar la persona interesada y que podrá

cve: BOE-A-2022-22749
Verificable en https://www.boe.es

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición. No será necesario
presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en
alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://
administracion.gob.es/PAG/PID y la persona interesada haya dado su conformidad al
órgano gestor para acceder a la Plataforma de Intermediación de Datos de las
Administraciones Públicas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante un periodo de,
al menos, un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Además, estas personas
deberán acreditar estos dos requisitos para el disfrute de la exención: