III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sector vitivinícola. (BOE-A-2022-23024)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se aprueban en 2022 las limitaciones a las autorizaciones de nuevas plantaciones y a las restricciones de autorizaciones de replantación y de conversión de derechos de replantación en la DOP Cava para 2023, 2024 y 2025 y en la DOCa Rioja para 2023, y se da publicidad a las decisiones adoptadas en 2022 por las comunidades autónomas sobre las recomendaciones de limitación de autorizaciones de nueva plantación, de restricciones a las autorizaciones de replantación y de conversión de derechos de replantación en el ámbito de las DOPs que se ubiquen en su territorio para 2023, 2024 y 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022
Quinto.

Sec. III. Pág. 188107

Restricciones DOCa «Rioja».

Aplicar restricciones a las autorizaciones de replantación y a las autorizaciones de
conversión de derechos de replantación en las zonas delimitadas por la DOCa «Rioja»,
de manera que no se concederán solicitudes de autorizaciones de replantaciones de
viñedo ni solicitudes de autorizaciones de conversión de derechos de replantación, que
destinen su producción a la elaboración de vinos con la DOCa «Rioja», por entender que
puede suponer un riesgo de devaluación significativa de la DOCa, salvo los casos que
recogen los apartados a) y b) del artículo 6 del Reglamento Delegado (UE) 2018/273, de
la Comisión, de 11 de diciembre de 2017, por el que se completa el Reglamento (UE)
1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al régimen de
autorizaciones para plantaciones de vid.
Sexto. Período de aplicación para las solicitudes de autorizaciones de replantación y de
conversión de derechos de replantación en la DOCa «Rioja».
Lo previsto en el punto quinto, se aplicará a las solicitudes de autorizaciones de
replantación y de conversión de derechos de replantación que se presenten en el plazo
de un año desde la fecha de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial
del Estado».
Séptimo. Decisiones adoptadas en 2022 por las comunidades autónomas sobre las
recomendaciones de limitación de autorizaciones de nueva plantación y de
replantación y de conversión de derechos de plantación.
Dar publicidad a las decisiones adoptadas en 2022 por las comunidades autónomas
sobre las recomendaciones de limitación de autorizaciones de nueva plantación y de
replantación y de conversión de derechos de plantación en el ámbito de las DOPs que se
ubiquen en su territorio y que se recogen a continuación:

Comunidad
Autónoma

Denominación de
Origen Protegida

Limitación de las
autorizaciones de
nuevas
plantaciones de
viñedo (hectáreas)

Restricción total a
las autorizaciones
de replantación y
de conversión de
derechos de
plantación

Año de aplicación

235

NO

2023

Castilla y
León.

DOP “Ribera de
Duero”.

Castilla y
León.

DOP “Rueda”.

1



2023-2024-2025

País Vasco.

DOP “Bizkaiko
Txakolina/Txakoli de
Bizkaia/Chacolí de
Bizkaia”.

2



2023

País Vasco.

DOP “Getariako
Txacolina/Txacolí de
Getaria/Chacolí de
Getaria”.

15



2023

La presente resolución no agota la vía administrativa, de conformidad con el
artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Contra ella podrá recurrirse, en alzada,
ante el señor Secretario General de Agricultura y Alimentación, en el plazo máximo de un
mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el

cve: BOE-A-2022-23024
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Decisión