III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-23026)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda para el curso escolar 2022/2023 al Convenio entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad de Galicia, para impartir enseñanzas de formación profesional en los centros docentes militares de formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

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respuesta al ejercicio de derechos por parte de los interesados. Sobre la Armada recaen
las responsabilidades que se deriven de la condición de encargado del tratamiento de los
datos personales.
Si el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, la
Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades de la Xunta
de Galicia, o la Armada destinasen o tratasen los datos personales a una finalidad
distinta de la prevista en la adenda, los comunicaran o los utilizaran incumpliendo lo
estipulado en el mismo y/o la normativa de protección de datos personales, cada una de
las partes responderá de las responsabilidades que deriven de los daños y perjuicios en
que incurra, a fin de garantizar la indemnización efectiva de los interesados, sin perjuicio
de lo previsto en el artículo 82.5 del RGPD europeo.
Las garantías que se establecen respecto a los datos personales serán eficaces
durante la vigencia de la presente adenda.
Sexta. Vigencia.
Con arreglo a lo establecido en la disposición final 2.1 del Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre que modifica el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, los convenios se perfeccionan por la prestación del
consentimiento de las partes. Esta adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo
de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será
publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial
del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el Boletín Oficial de la
Comunidad Autónoma.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, su vigencia se extenderá hasta el 31 de
agosto de 2023.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda a un
solo efecto.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.–La Ministra de
Educación y Formación Profesional, María del Pilar Alegría Continente.–El Conselleiro
de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades de la Xunta de Galicia,
Román Rodríguez González.
ANEXO I
Titulaciones a impartir
Escuela de especialidades «Antonio Escaño» en El Ferrol (A Coruña):

Escuela de Especialidades Fundamentales de la Estación Naval de La Graña en El
Ferrol (A Coruña):






Técnico Superior en Administración y Finanzas.
Técnico Superior en Dirección de Cocina.
Técnico Superior en Transporte marítimo y Pesca de Altura.
Técnico en Cocina y Gastronomía.
Técnico en Navegación y Pesca de Litoral.

cve: BOE-A-2022-23026
Verificable en https://www.boe.es

– Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico.
– Técnico Superior en Organización y Mantenimiento de Maquinaria de Buques y
Embarcaciones.
– Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
– Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y
Embarcaciones.
– Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones.