II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-22743)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso, para acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de las categorías de Titulado/a Superior Función Administrativa Administración Sanitaria y Técnico/a Titulado Superior Rama Sanitaria/Investigación/Otros (Psicólogo/a).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 186739

1.6 Se publicarán las calificaciones definitivas del concurso, relacionando las
personas aspirantes que han superado el concurso de méritos por el orden de
puntuación alcanzado, con indicación del DNI o documento acreditativo de acuerdo con
lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
1.7 El Tribunal elevará las calificaciones finales de las personas aspirantes a la
Dirección del INGESA, quien mediante resolución las publicará en los medios
mencionados en esta convocatoria, estableciendo el procedimiento para la elección de
plazas, disponiendo las personas aspirantes de un plazo de diez días hábiles a contar
desde el día siguiente al de su publicación, para la petición de plaza y presentación ante
el INGESA, de la documentación que se señala en el anexo V a través de los registros a
que se refiere el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
1.8 Las plazas se adjudicarán por el orden de puntuación alcanzada. En caso de
empate se resolverá a favor de quien lleve más tiempo ocupando plaza en la misma
categoría en el INGESA a la fecha de publicación de la convocatoria; de persistir el
empate, en quien lleve más tiempo de servicios prestados en la misma categoría en el
INGESA; de continuar el empate se dirimirá atendiendo a quien lleve más tiempo de
servicios prestados en la misma categoría u homóloga en el Sistema Nacional de Salud.
Finalmente, de persistir, se dirimirá atendiendo a la que para el año 2022 establece el
orden de actuación de las personas aspirantes que es la letra «U» (Resolución de la
Secretaría de Estado de Función Pública de 9 de mayo de 2022, «Boletín Oficial del
Estado» de 13 de mayo de 2022).
1.9 Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas:
a) Las personas aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo, no
presenten la documentación requerida en el anexo V en el plazo previsto para ello.
b) Las personas aspirantes que no soliciten plaza en la fecha y conforme al
procedimiento que se establezca.
c) Las personas aspirantes a los que, por la puntuación alcanzada, no corresponda
plaza alguna de entre las convocadas.
d) Las personas aspirantes que no tomen posesión de la plaza adjudicada en el
plazo establecido para ello, salvo causa de fuerza mayor.

ANEXO III
Baremo de méritos
1.

Experiencia Profesional. (Máximo 70 puntos).

1.1 Servicios prestados con nombramientos como personal estatutario temporal en
la categoría profesional a la que se concursa en el Instituto Nacional de Gestión
Sanitaria: 0,292 puntos por mes completo. En este apartado se podrá obtener hasta
el 100% de la puntuación total correspondiente a la Experiencia Profesional.

cve: BOE-A-2022-22743
Verificable en https://www.boe.es

1.10 No obstante lo anterior y de conformidad con el art. 61.8 del Real
Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, con el fin de asegurar la cobertura de las plazas
convocadas, cuando se produzcan renuncias de las personas aspirantes seleccionadas,
antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del
Tribunal Calificador relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a los
propuestas, para su posible nombramiento como personal estatutario fijo.
Asimismo, también se podrá solicitar dicha relación complementaria de personas
aspirantes, en los supuestos en los que se compruebe que las inicialmente propuestas,
carecen de los requisitos establecidos para el desempeño de la plaza, o no presenten la
documentación requerida para su nombramiento, o no tomen posesión de la plaza
adjudicada en el plazo establecido para ello, salvo causa de fuerza mayor.