II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado. (BOE-A-2022-22741)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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pertinentes. Finalizado el referido plazo, el tribunal publicará la relación con la valoración
definitiva de la fase de concurso.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar la fase de oposición.
Finalizada la fase de oposición o del concurso-oposición, el tribunal hará pública la
relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del
tribunal, en la página web www.mineco,gob.es, en la del Instituto Nacional de Estadística
www.ine.es y en la página www.administracion.gob.es. Dicha relación se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado», mediante resolución de la Subsecretaría de este Ministerio,
disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días hábiles, desde la
publicación oficial, para presentar la documentación acreditativa de los requisitos
exigidos en la convocatoria.
I.C)

Curso selectivo

Todos los aspirantes que superen la fase de oposición y concurso realizarán un curso
selectivo organizado por la Escuela de Estadística de las Administraciones Públicas, que
deberán superar con aprovechamiento. Tendrá como finalidad primordial la adquisición
de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio
de las funciones propias del Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.
En el curso selectivo deberá incluirse un módulo en materia de igualdad entre
mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género.
El curso selectivo y tendrá una duración de un mes lectivo.
Su calendario y programa, así como las normas internas que hayan de regularlo serán
establecidos oportunamente por la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística.
El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de unas
pruebas prácticas en relación con las áreas básicas de formación que se imparten.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo
será obligatoria. El incumplimiento de este requisito podrá dar lugar a la imposibilidad de
concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el
derecho a ser nombrado funcionario de carrera. La valoración de esta circunstancia
corresponderá a la Escuela de Estadística de las Administraciones Públicas.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de
calificación previsto en esta convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real
Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al curso
inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida.
II. Valoración
II.A) Fase de oposición
Todos los ejercicios son eliminatorios, no pudiendo pasar de un ejercicio al siguiente
los opositores que no hubiesen alcanzado la calificación mínima de cinco puntos. La
valoración máxima en cada ejercicio será de diez puntos.
1.º La calificación del primer ejercicio será el resultado de obtener la suma de la
puntuación obtenida en cada una de las preguntas elegidas dividida por el número de
preguntas a elegir en este ejercicio. Las respuestas a las preguntas elegidas se
calificarán siguiendo el orden de preguntas establecido por el tribunal, no pudiendo en
ningún caso calificarse un mayor número de preguntas que el número de preguntas a
elegir en este ejercicio.

cve: BOE-A-2022-22741
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Núm. 311