III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-23014)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para las industrias de turrones y mazapanes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 187842

– Modificación de aquellas condiciones laborales que, previo consentimiento del
trabajador/a acosado/a, se estimen beneficiosas para su recuperación.
– Adopción de medidas de vigilancia en protección del trabajador/a acosado/a.
– La empresa tomará las medidas pertinentes para evitar la reincidencia de las
personas sancionadas.
– Se facilitará formación o reciclaje para la actualización profesional de la víctima
cuando esta haya permanecido en IT un periodo prolongado.
– Reiteración de los estándares éticos y morales de la empresa.
– Evaluación de riesgos psicosociales en la empresa.
8. Seguimiento y evaluación del protocolo para los casos de acoso sexual o por razón
de sexo (en caso de que no exista comisión de igualdad o comisión de seguimiento del
plan de igualdad)
Se creará una comisión paritaria de atención al acoso en el seno de la empresa, que
deberá efectuar el seguimiento del presente protocolo. Al efecto realizará las siguientes
funciones:
1. Se reunirá anualmente para revisar las denuncias de acoso, y elaborará un
informe conjunto de sus actuaciones, que será entregado a la dirección de la empresa, y
del que se dará publicidad a la totalidad de la plantilla. El citado informe debe respetar el
derecho a la intimidad y confidencialidad de las personas implicadas.
2. Elaborará un informe anual para asegurar la eficacia y confidencialidad del
protocolo y adaptarlo si se considera necesario.
Otras consideraciones.
Se prohíbe expresamente cualquier represalia contra las personas que efectúen una
denuncia, atestigüen, colaboren o participen en las investigaciones que se lleven a cabo,
y contra aquellas personas que se opongan a cualquier situación de acoso frente a sí
mismo o frente a terceros.
No obstante lo anterior, si de la investigación realizada se pusiera en evidencia que el
presunto/a acosado/a ha actuado con acreditada falta de buena fe o con ánimo de dañar,
la empresa podrá adoptar las medidas previstas para los supuestos de transgresión de la
buena fe contractual en el convenio colectivo y el Estatuto de los Trabajadores.
La regulación y procedimientos establecidos en el presente protocolo no impiden que
en cada momento, se puedan promover y tramitar cualquier otra acción para exigir las
responsabilidades administrativas, sociales, civiles o penales que en su caso
correspondan.
ANEXO IV
Tabla definitiva 2022
Personal con retribución mensual

S. Base mensual

Euros

Salario anual

Euros

Antigüedad trienio

Euros/día

plus noct.

Euros/h.

horas extra

Euros/h.

De grado superior.

1.492,73

22.391,00

2,23

2,06

19,63

De grado medio.

1.272,10

19.081,47

1,84

1,73

16,74

Ayudante Técnico.

1.017,88

15.268,13

1,37

1,27

13,40

Técnicos Titulados:

Técnicos no Titulados:

cve: BOE-A-2022-23014
Verificable en https://www.boe.es

Anexo 4.1