I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Seguridad Social. (BOE-A-2022-22694)
Real Decreto 1058/2022, de 27 de diciembre, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
Real Decreto 1058/2022, de 27 de diciembre, sobre revalorización de las
pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases
Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2023.

El artículo 58 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, y el artículo 27 del texto
refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 670/1987, de 30 de abril, establecen, respectivamente, que las pensiones de
la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, y las pensiones de Clases Pasivas,
incluido el importe de la pensión mínima, se revalorizarán al comienzo de cada año en el
porcentaje equivalente al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en
tanto por ciento del Índice de Precios al Consumo de los doce meses previos a diciembre
del año anterior.
A tal efecto, la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2023, contiene, dentro de su título IV, los criterios de revalorización de las
pensiones del sistema de la Seguridad Social para dicho ejercicio, de tal manera que las
pensiones experimentarán en 2023 con carácter general un incremento porcentual igual al
valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del Índice
de Precios al Consumo de los doce meses previos a diciembre de 2022.
De acuerdo con tales disposiciones legales, este real decreto establece una
revalorización general de las pensiones y otras prestaciones abonadas por el sistema de
la Seguridad Social, así como de Clases Pasivas del Estado, del 8,5 por ciento.
Igualmente, se fija una revalorización del 8,5 por ciento de las cuantías mínimas de
las pensiones del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, así como
de las pensiones no concurrentes del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez
y de las pensiones de Clases Pasivas.
Idéntico porcentaje de incremento experimentarán las cuantías de los límites de
percepción de pensiones públicas, así como los importes de los haberes reguladores
aplicables para la determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas
del Estado y de las pensiones especiales de guerra.
También se fijan las reglas y el procedimiento para efectuar la revalorización y el
sistema de reconocimiento de complementos por mínimos en las pensiones de la
Seguridad Social y en las pensiones de Clases Pasivas.
Asimismo, se establecen las cuantías de las prestaciones familiares de la Seguridad
Social y de los subsidios económicos contemplados en el texto refundido de la Ley
General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. También se fija la
revalorización para el año 2023 de las ayudas sociales a los afectados por el Virus de
Inmunodeficiencia Humana.
En definitiva, mediante este real decreto se da cumplimiento, a través de las
mencionadas medidas, a aquellas previsiones legales, para facilitar su rápida aplicación
en beneficio de los colectivos afectados.
Este real decreto se adecua a los principios de buena regulación a los que se refiere
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Así, es respetuoso con los principios de
necesidad y eficacia, por cuanto persigue un claro objetivo basado en una razón de
interés general, un incremento, con carácter general, del 8,5 por ciento de las pensiones

cve: BOE-A-2022-22694
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