I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Envases. (BOE-A-2022-22690)
Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Miércoles 28 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 186067
d) La fracción resto u otras fracciones mezcladas y de la limpieza de vías públicas,
zonas verdes, área recreativas y playas, que directamente se destinen a estas
instalaciones, únicamente en lo que respecta a los residuos de envases metálicos
recuperados de las escorias de las plantas de incineración o coincineración de residuos,
y entregados a un recuperador o reciclador.
3.3
Coste del depósito en vertederos de residuos de envases:
Se considerarán, asimismo, los costes asociados al depósito en vertedero de los
residuos de envases contenidos en los rechazos de las plantas de selección y
clasificación de la fracción recogida separadamente. El coste debe ser conforme a lo
dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula
la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
4.
Campañas.
Serán considerados los costes de las campañas de información y sensibilización
ciudadana desarrolladas por las administraciones públicas, en relación con las
obligaciones recogidas en este real decreto, de conformidad con lo que se establezca en
el convenio.
5. Gastos generales en que incurran las entidades locales o, en su caso, las
comunidades autónomas por el control y seguimiento de la gestión de los residuos de los
envases.
Se considerarán los gastos en que incurran las entidades locales o, en su caso, las
comunidades autónomas, cuando así se acuerde en el convenio, por el control y
seguimiento de la gestión de los residuos de envases, incluyendo el coste relativo a las
caracterizaciones que se lleven a cabo.
De igual forma se considerarán los gastos en que incurran las entidades locales o las
comunidades autónomas para la elaboración de estadísticas de generación y gestión de
los residuos de envases.
6.
Especificidades.
En los costes se considerarán las siguientes especificidades:
a) Población generadora, es decir, la suma de la población de derecho, la
estacional y la turística.
b) Dispersión de la población.
c) Cascos históricos.
d) Recogida en grandes centros generadores.
e) Recogida en grandes eventos y actos multitudinarios.
f) Recogida en áreas residenciales o urbanizaciones.
g) Insularidad o aislamiento de población extrapeninsular.
Elementos de la gestión de residuos de envases domésticos que deben ser
estandarizados
1.
Estándar de recogida separada y transporte.
Se estandarizarán los costes de los diferentes tipos de recogida separada
estableciendo criterios que relacionen los costes del modelo elegido con la eficiencia del
servicio y la calidad del material recogido, y teniendo en cuenta las exigencias de las
condiciones del contorno.
cve: BOE-A-2022-22690
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO XII
Núm. 311
Miércoles 28 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 186067
d) La fracción resto u otras fracciones mezcladas y de la limpieza de vías públicas,
zonas verdes, área recreativas y playas, que directamente se destinen a estas
instalaciones, únicamente en lo que respecta a los residuos de envases metálicos
recuperados de las escorias de las plantas de incineración o coincineración de residuos,
y entregados a un recuperador o reciclador.
3.3
Coste del depósito en vertederos de residuos de envases:
Se considerarán, asimismo, los costes asociados al depósito en vertedero de los
residuos de envases contenidos en los rechazos de las plantas de selección y
clasificación de la fracción recogida separadamente. El coste debe ser conforme a lo
dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula
la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
4.
Campañas.
Serán considerados los costes de las campañas de información y sensibilización
ciudadana desarrolladas por las administraciones públicas, en relación con las
obligaciones recogidas en este real decreto, de conformidad con lo que se establezca en
el convenio.
5. Gastos generales en que incurran las entidades locales o, en su caso, las
comunidades autónomas por el control y seguimiento de la gestión de los residuos de los
envases.
Se considerarán los gastos en que incurran las entidades locales o, en su caso, las
comunidades autónomas, cuando así se acuerde en el convenio, por el control y
seguimiento de la gestión de los residuos de envases, incluyendo el coste relativo a las
caracterizaciones que se lleven a cabo.
De igual forma se considerarán los gastos en que incurran las entidades locales o las
comunidades autónomas para la elaboración de estadísticas de generación y gestión de
los residuos de envases.
6.
Especificidades.
En los costes se considerarán las siguientes especificidades:
a) Población generadora, es decir, la suma de la población de derecho, la
estacional y la turística.
b) Dispersión de la población.
c) Cascos históricos.
d) Recogida en grandes centros generadores.
e) Recogida en grandes eventos y actos multitudinarios.
f) Recogida en áreas residenciales o urbanizaciones.
g) Insularidad o aislamiento de población extrapeninsular.
Elementos de la gestión de residuos de envases domésticos que deben ser
estandarizados
1.
Estándar de recogida separada y transporte.
Se estandarizarán los costes de los diferentes tipos de recogida separada
estableciendo criterios que relacionen los costes del modelo elegido con la eficiencia del
servicio y la calidad del material recogido, y teniendo en cuenta las exigencias de las
condiciones del contorno.
cve: BOE-A-2022-22690
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO XII