III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-23021)
Orden ICT/1296/2022, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas dentro del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la primera convocatoria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

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2. Las subvenciones se sujetarán también a la normativa del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, en particular, al Reglamento (UE) n.º 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021; al Real Decreto‐
ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia; a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia; y a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la
que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las
Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del
cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las
medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En todo caso las actuaciones que se lleven a cabo deben garantizar la protección de
los intereses financieros de la Unión, especialmente en materia de conflicto de intereses,
fraude o corrupción, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento (UE) n.º
2021/241, de 12 de febrero de 2021, y al artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29
de septiembre.
3. Las ayudas a conceder en el marco de esta orden constituirán ayudas de estado
a la innovación en favor de las pymes, por lo que será de aplicación, sin perjuicio del
resto de disposiciones tanto del derecho nacional como de la Unión Europea que
pudieran resultar de aplicación, el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17
de junio de 2014.
4. La ejecución de las actuaciones subvencionadas se sujetará a la normativa
medioambiental aplicable (DNSH) de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE)
n.º 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020. En todo
caso, se respetarán los procedimientos de evaluación ambiental, cuando sean de
aplicación, conforme a la legislación vigente, así como otras evaluaciones de
repercusiones que pudieran resultar de aplicación en virtud de la legislación
medioambiental.
Artículo 3. Finalidad.
La finalidad de las ayudas reguladas en esta orden es fomentar la innovación de las
pymes a través del programa europeo de EDIH.
Para ello, se impulsará la innovación y la adopción de tecnologías digitales
disruptivas por parte de pymes de cualquier sector productivo, financiando la prestación
de servicios por parte de entidades pertenecientes a los EDIH a las pymes beneficiarias
de las ayudas.
Artículo 4. Financiación.

Artículo 5.

Requisitos y obligaciones de los beneficiarios.

1. Podrán tener la condición de beneficiarias las pymes válidamente constituidas
con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España.
Serán consideradas pymes, aquellas empresas que cumplan con los requisitos
establecidos para la categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas
(pyme) en el artículo 2 del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de la Comisión,
de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas
compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

cve: BOE-A-2022-23021
Verificable en https://www.boe.es

Las convocatorias que se acojan a esta orden de bases se financiarán con cargo a
fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, provenientes de la Secretaría
General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo, que serán incorporados al presupuesto de la Fundación EOI, F.S.P
(en adelante, la Fundación EOI).