II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Personal laboral. (BOE-A-2022-22501)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal, como personal laboral fijo dentro del IV Convenio colectivo único para personal laboral de la Administración General del Estado, de plazas con la categoría profesional 4-G Administración, en el Ministerio de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 27 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 185065

Personales) y en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
La Abogacía General del Estado es responsable del tratamiento de esos datos. Los
derechos de protección de datos de las personas solicitantes se podrán ejercer
dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica o presencialmente a
través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros. En caso de
incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados podrán reclamar ante la
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), www.aepd.es.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en el
«Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al
público las listas certificadas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas,
señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión u omisión.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las
relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de participación en los supuestos
de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5.

Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III
a esta convocatoria.
5.2 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
demás disposiciones vigentes.
5.4 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley citada en el apartado
anterior.
5.5 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos
sexos.
5.6 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado,
calle Ayala, 5, primera planta, 28001 Madrid. Teléfonos: 91.390.47.08/12 y dirección de
correo electrónico aepersonal@mjusticia.es.
6.

Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de veinte días hábiles desde la
publicación de estas bases en el BOE para presentar la documentación acreditativa de
los méritos que deseen que se les valore en el concurso. Todo ello atendiendo a los
méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I.
6.2 El Tribunal publicará, en los medios citados en la base 1.1, la relación que
contenga la valoración provisional de méritos del concurso, con indicación de la
puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Las personas

cve: BOE-A-2022-22501
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Núm. 310