II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo Técnico de Gestión Catastral. (BOE-A-2022-22510)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Martes 27 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 185230

razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de
las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo.
2.4 La fase de oposición tendrá una duración máxima de doce meses, y el primer
ejercicio se celebrará en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la
publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2.5 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración del
segundo y sucesivos ejercicios se harán públicos, al menos, con doce horas de
antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro
horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán por el tribunal calificador,
en página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.hacienda.gob.es), así
como en cualquier otro medio que resulte conveniente para facilitar su máxima
divulgación.
En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo
del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales,
conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el reglamento General de Ingreso de Personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
2.6 El desarrollo de los diferentes procesos selectivos podrá ser coincidente en el
tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios,
desarrollo de cursos selectivos, período de prácticas o cualquier otra fase previa al
nombramiento como funcionario de carrera.
2.7 La Secretaria de Estado de Función Pública nombrará funcionarios de carrera y
asignará destino inicial a las personas aspirantes que hubieren superado el proceso
selectivo. Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el
«Boletín Oficial del Estado».
3.

Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta Resolución.
4.

Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Grado o de Ingeniero
Técnico, Diplomado universitario o Arquitecto Técnico, al finalizar el plazo de
presentación de instancias.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los
aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el
ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho
Comunitario.
Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna
deberán cumplir, al finalizar el plazo de presentación de instancias, los siguientes
requisitos:
5.1

Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los siguientes colectivos:

a) Funcionarios de carrera de los Cuerpos o Escalas de la Administración General
del Estado del subgrupo C1, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2
de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, salvo que se encuentren

cve: BOE-A-2022-22510
Verificable en https://www.boe.es

5.