II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo Superior de Gestión Catastral. (BOE-A-2022-22509)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Gestión Catastral.
31 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Martes 27 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 185210

Tercer ejercicio:
Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario para superarlo obtener, como
mínimo, 25 puntos y no ser calificado con 0 en ninguno de los supuestos planteados.
Cuarto ejercicio:
Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los temas expuestos. Para superarlo será
necesario obtener un mínimo de 20 puntos y no ser calificado con 0 en ninguno de ellos.
Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública,
en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal, en la página web del Ministerio de
Hacienda y Función Pública (www.hacienda.gob.es), en el Punto de Acceso General
(https://administracion.gob.es) y en el Portal Funciona, la relación aspirantes que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación
obtenida. Los aspirantes que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
El Tribunal no podrá declarar aprobados en el último ejercicio a un número de
aspirantes superior al de plazas convocadas.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de
las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios.
II.2 Fase de concurso
A los aspirantes que participen por el turno de promoción interna, se les valorarán los
siguientes méritos:
a) Servicios prestados: se valorarán servicios efectivos prestados en Cuerpos y
Escalas del subgrupo A2 de la Administración General del Estado, en Cuerpos y Escalas
Postales y Telegráficos o en Cuerpos y Escalas del resto de Administraciones incluidas
en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y reconocidos al
amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria.
Se otorgarán, de acuerdo con los criterios señalados a continuación, hasta un
máximo de 12 puntos:
en un puesto de trabajo de nivel de
en un puesto de trabajo de nivel de
en un puesto de trabajo de nivel de
en un puesto de trabajo de nivel de

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras
reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento
de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les
valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el
nivel mínimo del subgrupo A2.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de
familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del
Estado u órganos constitucionales, y a los funcionarios en la situación de servicios
especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado u
órganos constitucionales el nivel del puesto de trabajo en el que les correspondería
efectuar el reingreso.

cve: BOE-A-2022-22509
Verificable en https://www.boe.es

– Por cada mes completo de servicio prestado
complemento de destino 18, 19 ó 20: 0,05 puntos.
– Por cada mes completo de servicio prestado
complemento de destino 21 ó 22: 0,06 puntos.
– Por cada mes completo de servicio prestado
complemento de destino 23 ó 24: 0,07 puntos.
– Por cada mes completo de servicio prestado
complemento de destino 25 ó 26: 0,08 puntos.