III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-22656)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 14 de diciembre de 2022, por el que se fijan los criterios de distribución, y el reparto resultante para las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales, en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 27 de diciembre de 2022

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documentalmente por cada planta) y plantas de tratamiento mecánico-biológico (esta
exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las
plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan
por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones
de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de
biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de
tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos
pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta).
iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar
daños al medio ambiente.
Asimismo, tal y como se establece en el apartado 8 del Componente 14 del PRTR
para las actuaciones que impliquen rehabilitación, equipamientos, infraestructuras, etc.
se tendrán en cuenta las siguientes condiciones específicas del DNSH:
– Para prevención y el control de la contaminación:
«Se va a realizar una evaluación de impacto ambiental de cada una de las
inversiones de la medida de acuerdo con la Directiva de la EIA y la normativa nacional
de evaluación de impacto ambiental, y se identificarán e incluirán en el diseño de cada
proyecto todas las medidas de mitigación necesarias para la prevención y el control de la
contaminación del suelo y del agua.
Los componentes y materiales de construcción utilizados en la construcción no
contendrán amianto ni sustancias muy preocupantes identificadas sobre la base de la
lista de sustancias sujetas a autorización que figura en el anexo XIV del Reglamento
(CE) 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo. Los componentes y materiales
de construcción utilizados en la construcción que puedan entrar en contacto con los
usuarios emitirán menos de 0,06 mg de formaldehído por m³ de material o componente y
menos de 0,001 mg de compuestos orgánicos volátiles cancerígenos de categorías 1A
y 1B por m³ de material o componente, previa prueba de acuerdo con CEN/TS 16516 e
ISO 16000-3 u otras condiciones de prueba estandarizadas y métodos de determinación
comparables. Además, se adoptarán medidas para reducir el ruido, el polvo y las
emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las actuaciones
asociadas a esta medida siempre cumpliendo la normativa de aplicación vigente en
cuanto la posible contaminación de suelos y agua.»
– Para la prevención y el control de la contaminación y protección y restauración de
la biodiversidad y los ecosistemas
«Cuando las actuaciones de rehabilitación tengan lugar en áreas sensibles a la
biodiversidad (incluida la red Natura 2000 de áreas protegidas, sitios del Patrimonio
Mundial de la UNESCO y áreas clave para la biodiversidad, así como otras áreas
protegidas) o en áreas próximas, se requerirá el cumplimiento de los artículos 6 (3) y 12
de la Directiva de hábitats y el artículo 5 de la Directiva de aves. Además, cuando sea
preceptivo, se llevará a cabo una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) de acuerdo con
la Directiva EIA.»
– Para mitigación del cambio climático:
«En la rehabilitación de edificios se tendrá en consideración las directrices recogidas
en la Directiva (UE) 2018/844 relativa a la eficacia energética de los edificios de cara a
que sean edificios de consumo de energía casi nulo, permitiendo reducir de forma
significativa el consumo de energía primaria no renovable.»
– Para adaptación al cambio climático:
«Las medidas de rehabilitación permitirán contribuir a la adaptación de los edificios al
cambio climático, adoptando las soluciones de adaptación que sean posibles en el marco

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Núm. 310