III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-22657)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Organización Interprofesional para Impulsar el Sector Cunícola, para la promoción del consumo de la carne de conejo en los mercados nacionales, a través de actuaciones de promoción en 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 27 de diciembre de 2022

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10. A efectos del pago, una vez realizadas las acciones previstas en la cláusula
segunda, elaborar y presentar la documentación pertinente para la justificación del
cumplimiento de las mismas, que consistirá en una memoria que comprenda, al menos:
a) una descripción de las acciones realizadas.
b) una valoración sobre su impacto.
c) las correspondientes justificaciones sistematizadas del gasto y pago mediante
certificado bancario, indicando la parte subvencionada por el MAPA.
d) cualquier otra información que pueda contribuir a valorar la eficacia de las
acciones emprendidas.
11. INTERCUN se asegurará de que en ninguna de las actuaciones realizadas
conjuntamente se produzca doble financiación.
Quinta. Financiación y forma de pago.
El presupuesto total que conlleva la organización y celebración de las actuaciones
programadas objeto del convenio, asciende a cien mil euros (100.000,00 €).
El MAPA participará en las acciones objeto de este convenio con un presupuesto
máximo de cincuenta mil euros (50.000,00 €), para el ejercicio económico de 2023 con
cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413.A.640.08 de los Presupuestos Generales del
Estado para 2023 o la que pueda sustituirla en dicho ejercicio económico. Dicha cantidad se
abonará en la cuenta ES68 3058 0962 1827 2002 9577 en la entidad CAJAMAR.
El MAPA realizará el pago de la cantidad estipulada a INTERCUN, correspondiente a
las acciones objeto del presente convenio, ejecutadas en 2023, previa justificación por
parte de INTERCUN de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando una
memoria de acuerdo con lo especificado en la cláusula cuarta del presente convenio, así
como sus correspondientes documentos justificativos de pago antes del 20 de
noviembre.
La financiación restante, por un importe de cincuenta mil euros (50.000,00 euros)
será asumida por INTERCUN, de acuerdo con lo previsto en la cláusula cuarta del
presente convenio.
Sexta. Comisión de seguimiento.
A los efectos de garantizar el cumplimiento del presente convenio se crea una
Comisión de seguimiento para un mejor desarrollo de las actuaciones a realizar, con la
siguiente composición:
– Por parte del MAPA, dos representantes de la Subdirección General de Promoción
Alimentaria. El funcionario de mayor rango de esta Subdirección presidirá la comisión.
– Por parte de INTERCUN, dos representantes.
La Comisión de seguimiento se reunirá cuantas veces se estime necesario a petición
de una de las partes, con al menos diez días hábiles de antelación. Los acuerdos de la
Comisión de seguimiento se adoptarán por unanimidad de sus miembros, todos ellos
tienen derecho a voz y voto, y de sus reuniones se levantará la correspondiente acta.
Tendrá encomendadas las siguientes actuaciones:
– Impulsar y desarrollar el presente convenio.
– El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes.
– La resolución de problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantarse
respecto a la ejecución del convenio.
El presidente de la Comisión de seguimiento será el responsable de emitir el
certificado exigido en el apartado segundo 4.2.3.a) de la Resolución de 16 de junio
de 2021 de la Intervención General de la Administración del Estado.

cve: BOE-A-2022-22657
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Núm. 310