III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-22651)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Benalmádena n.º 2 a inscribir una escritura de adjudicación de herencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Martes 27 de diciembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
22651

Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Benalmádena n.º 2 a inscribir una escritura
de adjudicación de herencia.

En el recurso interpuesto por doña M. J. M. O. contra la negativa del registrador de la
Propiedad de Benalmádena número 2, don José Carlos Navajas Fuentes, a inscribir una
escritura de adjudicación de herencia.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 23 de junio de 2022 por el notario de Almería,
don Manuel Gallego Medina, con el número 1.342 de protocolo, se formalizó la
adjudicación de la herencia causada por fallecimiento de don A. P. M. S., con las
circunstancias que se detallan en la calificación impugnada.
II
Presentada copia autorizada de dicha escritura de adjudicación de herencia en el
Registro de la Propiedad de Benalmádena número 2, fue objeto de la siguiente nota de
calificación:
«Visto por José Carlos Navajas Fuentes, Registrador de la Propiedad del Registro de
la Propiedad de Benalmádena n.º 2, Provincia de Málaga, el procedimiento registral
identificado con el número de entrada 6330 del presente año, iniciado como
consecuencia de presentación en el mismo Registro, de los documentos que se dirán, en
virtud de solicitud de inscripción. En el ejercicio de la calificación registral sobre la
legalidad de los documentos presentados, obrantes en el procedimiento de referencia,
resultan los siguientes:
Hechos
I. El documento objeto de la presente calificación, autorizado/expedido por
Don/Doña Manuel Gallego Medina - Notario/a de Almería, el día 23/06/2022, con
número 1342/2022 de protocolo, fue presentado por M. O., M. J. a las 14:07:33 horas del
día 08/07/2022, asiento 902 del Tomo 113 del Libro Diario.

1. En el documento calificado Don A., Don A. P. y Doña M. J. M. O., otorgan
escritura de partición y adjudicación de herencia de su padre Don A. P. M. S., el cual
fallece en estado de casado en segundas nupcias con Doña A. M. M. E. L., sin dejar
descendientes de este matrimonio, y habiendo tenido de su primer matrimonio los tres
hijos anteriormente referidos, otorgantes del documento calificado.
El causante en su último testamento abierto de fecha 9 de marzo de 2021, otorgado
ante el notario de Benalmádena Doña María Nieves García Inda, número de
protocolo 325, entre otras cuestiones, legó a su citada esposa, señora M. el usufructo

cve: BOE-A-2022-22651
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II. En dicho documento se han observado las siguientes circunstancias que han
sido objeto de calificación desfavorable: