II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo Nacional de Médicos Forenses. (BOE-A-2022-22499)
Orden JUS/1287/2022, de 22 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 27 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 185011

La comprobación del resto de méritos se hará de oficio, aunque aquellos opositores
que en su solicitud inicial de participación no hayan presentado su consentimiento para
que el órgano gestor de este proceso selectivo pueda verificar de oficio sus titulaciones o
certificaciones académicas, deberán aportar también las valoradas en el apartado A del
citado baremo.
El Tribunal Calificador Único valorará los méritos según las certificaciones aportadas
y publicará en la página web del Ministerio de Justicia las relaciones de aspirantes con la
valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntación
obtenida en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días
naturales a partir del siguiente al de la publicación de dichas relaciones, para efectuar las
alegaciones pertinentes.
Concluido el plazo y vistas y resueltas las alegaciones, el Tribunal publicará la
relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
7.4 Embarazo de riesgo y parto, enfermedad grave y hospitalización. Si no se
pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo, parto,
enfermedad grave, hospitalización o cualquier otra circunstancia de carácter excepcional,
debidamente acreditados, deberá comunicarlo al Tribunal con suficiente antelación, y en
todo caso con anterioridad a la realización del ejercicio, de modo que sean valorados por
el Tribunal Calificador Único y la persona aspirante pueda ser convocada con
posterioridad, a través de la página web.
La situación de la persona aspirante quedará condicionada a la finalización de dicha
causa y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo
demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a
una resolución del proceso en tiempos razonables. En todo caso, la realización de las
mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo, realizándose un solo ejercicio común para todas estas
situaciones.
7.5 Valoración del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las
Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco.
Si así lo hubieran solicitado en su instancia, las personas aspirantes comprendidas
en la relación de personas aprobadas que concurran por un ámbito territorial con lengua
autonómica y derecho foral propios, serán emplazadas para la realización del ejercicio
de carácter optativo, no eliminatorio, que acredite el conocimiento de los mismos.
Paralelamente, el Tribunal procederá a la valoración de la documentación
acreditativa del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades
Autónomas y del Derecho Civil Vasco, que hubieren aportado las personas interesadas.
La puntuación obtenida, tanto del examen como de la documentación acreditativa, se
ajustará al baremo contenido en el anexo I-C y solo surtirá efectos para la adjudicación
de destinos en la Comunidad Autónoma correspondiente.
Las personas aspirantes podrán optar por realizar la prueba, por documentar el
conocimiento de la lengua oficial o por acogerse a ambos sistemas. En este último caso,
la puntuación otorgada será la más alta que en su caso corresponda, sin que pueda ser
acumulativa.
7.6 En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que
se haya presentado por este cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes,
pero no obtuviera plaza, y su puntuación final fuera superior a la obtenida por los
aspirantes del turno general, será incluida por su orden de puntuación en este turno.
7.7 Propuesta de personas aspirantes aprobadas. Finalizado el proceso selectivo,
el Tribunal Calificador Único elevará al Ministerio de Justicia propuesta con la relación de
personas que superan el proceso selectivo, en cada ámbito territorial, cuyo número no
podrá exceder el de plazas convocadas, que se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado» y en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convoquen
plazas, con indicación del número de orden, apellidos y nombre, DNI, puntuación
obtenida en cada uno de los ejercicios, y total de todos los ejercicios obligatorios.

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Núm. 310