II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-22390)
Resolución de 9 de diciembre de 2022, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral de la categoría de Titulado Superior, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 183064

Este proceso selectivo será desarrollado en el plazo máximo de 6 meses desde su
publicación.
La fase de oposición se celebrará una vez transcurridos tres meses, como mínimo,
desde la publicación de esta convocatoria, determinándose en la Resolución que se
indica en la Base 5.3 el lugar y la fecha de realización.
La lista que contenga la valoración de los méritos de la fase de concurso se publicará
una vez finalizada la fase de oposición.
7.ª

Comisión Calificadora

7.1 La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como
anexo III de esta convocatoria.
7.2 Los miembros de la Comisión y el Secretario deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las
causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
El Presidente podrá solicitar de los miembros de la Comisión declaración expresa de
no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del
artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá la Comisión con asistencia, al
menos, del Presidente, el Secretario y la mitad más uno de los vocales. Celebrará su
sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación.
7.4 A partir de su constitución, la Comisión para actuar válidamente, requerirá la
presencia de la mayoría absoluta de sus miembros.
7.5 La Comisión resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de
estas normas, así como lo que se deba decidir en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación de la Comisión se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.6 En ningún caso la Comisión podrá declarar que ha superado el proceso
selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta que contravenga lo establecido en este punto será nula de pleno derecho.
7.7 La Comisión podrá proponer al Rector la designación de colaboradores y/o
asesores especialistas. Dichos colaboradores y/o asesores se limitarán a informar sobre
pruebas y méritos relativos a su especialidad. El Presidente sólo votará en caso de
empate.
7.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión Calificadora
tendrá su sede en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Oviedo (Plaza
de Riego, número 4-1.º) en la que los interesados podrán recibir información
administrativa sobre el desarrollo del proceso selectivo. No obstante, sólo tendrán
efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y
publicación previstos en esta convocatoria.
Desarrollo del proceso selectivo y propuesta de adjudicación

8.1 Según lo dispuesto en la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de
Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el resultado del
sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la
Administración del Estado, el orden de actuación de los opositores se iniciará por
aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «U». En el supuesto de que no
existan aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra «U», el orden de actuación
se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V», y así
sucesivamente.
8.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros
del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

cve: BOE-A-2022-22390
Verificable en https://www.boe.es

8.ª