II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-22370)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral de la categoría de Director del Coro Universitario, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de diciembre de 2022

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Decidir para cada programa el número de componentes del Coro que participarán,
según las dificultades del mismo, la preparación de cada cantante y las necesidades
musicales de las obras que se interpreten.
Presentar a la Comisión Permanente en el mes de septiembre una propuesta
detallada de programación anual, incluyendo presupuesto estimado de gastos.
Notificar a la Comisión con carácter previo cualquier modificación de la
programación, que deberá ser autorizada por esta antes de su ejecución.
Mantener permanentemente actualizado el inventario de instrumentos, partituras,
vestuario y cualquier otro bien adquirido con cargo al presupuesto de la Universidad.
Determinar los Jefes de Cuerda del Coro, que tendrán como misión asistir en la
dirección e instrucción musical de los miembros del Coro durante los ensayos, conforme
a las indicaciones del Director.
Elaborar las memorias de las actividades desarrolladas y cuantos informes le sean
requeridos. Como mínimo presentará, antes del 31 de julio de cada año:
La memoria del curso finalizado, haciendo referencia a todas las actividades
realizadas y a su repercusión.
Una relación del inventario de instrumentos, partituras, vestuario, etc., indicando las
altas y bajas del material y expresando las causas que ocasionaron estas últimas.
Actuar en todos los actos oficiales, conciertos que se programen y otras actividades
en que la Universidad acordase participar
El desempeño del puesto de trabajo que constituye la plaza convocada quedará
sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre y disposiciones que la complementan, en
materia de incompatibilidades.
3.ª

Requisitos de los aspirantes

Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales
celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado
constitutivo de la Comunidad Europea.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
c) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme con lo
establecido en el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores.
d) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el
normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño
de las funciones públicas por sentencia judicial firme.
f) Estar en posesión del estar en posesión del título de Bachiller, Formación
Profesional de Segundo Grado o titulación equivalente reconocida oficialmente. En el
caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, estar en posesión de la credencial que
acredite su homologación.
Todos los requisitos anteriormente reseñados deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la firma del
contrato.

cve: BOE-A-2022-22370
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Núm. 309