III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22448)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Velilla de 350 MWp y sus infraestructuras de evacuación, en Villalba de Guardo (Palencia) y línea eléctrica 400 kv que conecta la SET Velilla solar 30/400 kV con la posición existente de SET Velilla 400 kV, en Villalba de Guardo, Mantinos, Guardo y Velilla del Río Carrión (Palencia)".
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Lunes 26 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 184673
mismo de integración ambiental. La adenda de integración ambiental se presentará para
su aprobación al órgano ambiental de la Junta de Castilla y León, con anterioridad a la
realización de los trabajos.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo
previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su
comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de
autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 20 de diciembre de 2022.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
ANEXO I
Consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas,
y contestaciones
Confederación Hidrográfica Duero. MITECO.
Sí
Subdelegación de Defensa. Ministerio de Defensa.
Sí
Agencia Estatal de Seguridad Aérea. MITMA.
No
D.G. de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. MITECO.
No
Oficina Española Cambio Climático. MITECO.
Sí
S.G. de Economía Circular. MITECO.
No
Agencia de Protección Civil de la Consejería de Fomento y Medio
Ambiente de la Junta de Castilla y León.
Sí
D.G. de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de
Castilla y León.
Sí
D.G. de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de
Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.
Sí
D.G de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de
la Junta de Castilla y León.
Sí
D.G. Patrimonio Natural y Política Forestal de la Consejería de
Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.
No
D.G. de Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda
de la Junta de Castilla y León.
No
D.G. de Ordenación del Territorio y Planificación de la Consejería de
Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior de la Junta
de Castilla y León.
No
Fundación de Patrimonio Natural de la Consejería de Fomento y
Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.
No
Ayuntamiento de Guardo.
Sí
* La denominación actual de los consultados puede no ser la misma que la inicial por a cambios en su
estructura de Gobierno.
cve: BOE-A-2022-22448
Verificable en https://www.boe.es
Consultados*
Contestaciones a
consultas del órgano
sustantivo sobre el
proyecto y el EsIA
Núm. 309
Lunes 26 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 184673
mismo de integración ambiental. La adenda de integración ambiental se presentará para
su aprobación al órgano ambiental de la Junta de Castilla y León, con anterioridad a la
realización de los trabajos.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo
previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su
comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de
autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 20 de diciembre de 2022.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
ANEXO I
Consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas,
y contestaciones
Confederación Hidrográfica Duero. MITECO.
Sí
Subdelegación de Defensa. Ministerio de Defensa.
Sí
Agencia Estatal de Seguridad Aérea. MITMA.
No
D.G. de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. MITECO.
No
Oficina Española Cambio Climático. MITECO.
Sí
S.G. de Economía Circular. MITECO.
No
Agencia de Protección Civil de la Consejería de Fomento y Medio
Ambiente de la Junta de Castilla y León.
Sí
D.G. de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de
Castilla y León.
Sí
D.G. de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de
Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.
Sí
D.G de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de
la Junta de Castilla y León.
Sí
D.G. Patrimonio Natural y Política Forestal de la Consejería de
Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.
No
D.G. de Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda
de la Junta de Castilla y León.
No
D.G. de Ordenación del Territorio y Planificación de la Consejería de
Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior de la Junta
de Castilla y León.
No
Fundación de Patrimonio Natural de la Consejería de Fomento y
Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.
No
Ayuntamiento de Guardo.
Sí
* La denominación actual de los consultados puede no ser la misma que la inicial por a cambios en su
estructura de Gobierno.
cve: BOE-A-2022-22448
Verificable en https://www.boe.es
Consultados*
Contestaciones a
consultas del órgano
sustantivo sobre el
proyecto y el EsIA