III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22446)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Campos de 109,2 MWp y 84 MWn y su infraestructura de evacuación, en Mula y Campos del Río (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

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Respecto a los quirópteros, se han detectado un total de doce especies, una de ellas,
el murciélago patudo (Myotis capaccinni) figura incluida como «Vulnerable» en el
CEARM. También se han identificado cinco especies catalogadas de Interés Especial, el
murciélago ratonero mediano (Myotis blythii), murciélago ratonero grande (Myotis
myotis), murciélago mediterráneo de herradura (Rhinolophus euryale), murciélago
grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum) y murciélago pequeño de herradura
(Rhinolophus hipposideros). Asimismo, se ha encontrado en el entorno de la línea
eléctrica, nóctulo mediano (Nyctalus noctula), especie sobre la que el promotor
determina que podría haber un impacto severo y sería preciso hacer un seguimiento
para valorar su evolución poblacional. Señala que, en caso de comprobarse su afección
sería preciso introducir medidas compensatorias para favorecer su ciclo vital.
Los principales impactos durante la fase de obra se relacionan con la pérdida o
modificación de hábitat, molestias a la fauna y alteración de pautas de comportamiento.
Con respecto a las aves, las obras podrían alterar sus hábitos de reproducción,
descanso, campeo y alimentación. Además, las distintas actuaciones pueden producir
interferencias sobre las poblaciones de fauna, especialmente durante la época
reproductora, o la afección directa de puestas o camadas. Las obras también pueden
ocasionar una afección directa a anfibios y reptiles.
En cuanto a los impactos durante la fase de explotación, destaca la alteración o
pérdida de hábitats, el posible efecto barrera para el movimiento de la fauna terrestre por
el cerramiento perimetral y los propios paneles, y el posible incremento de la mortalidad
de la avifauna por colisión con el vallado y la línea eléctrica.
Para mitigar y corregir impactos sobre la fauna, el promotor establece medidas
preventivas y correctoras de carácter de buenas prácticas, sin incluir medidas
compensatorias por la eliminación de área de campeo y alimentación para la avifauna y
de zonas de refugio para otros grupos faunísticos. En este sentido, la Subdirección
General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Región de Murcia considera que
la implantación de la planta supone una afección significativa para distintas especies por
la ocupación de sus áreas de campeo y alimentación, debiendo implementar una serie
de acciones específicas detalladas en el condicionado de la presente resolución. El
promotor confirma la instalación de 10 cajas refugio para quirópteros en el entorno del
parque fotovoltaico y la línea de evacuación dentro de los corredores ecológicos
próximos. Deberá consensuarse con la administración la ubicación de dichas cajas
refugio, así como el número y ubicación de majanos, refugios de herpetofauna, puntos
de agua a instalar, etc.
Paisaje.

Durante la fase de construcción, el paisaje se verá afectado por los movimientos de
tierra, desbroces, presencia de maquinaria, apertura de zanjas y acopios de materiales.
No obstante, la principal afección sobre el paisaje se producirá durante la fase de
explotación, por la eliminación de gran cantidad de almendros junto a la carretera RM-15
(Autovía del Noroeste), RM-516 y la ubicación de varios módulos junto a viviendas
situadas en la parte oeste de la planta.
Durante el periodo de información pública, la Dirección General de Territorio y
Arquitectura de la Región de Murcia indica que el estudio de paisaje remitido es
insuficiente y solicita la elaboración de uno nuevo que contenga al menos los aspectos
señalados en el artículo 45, 46 y 47 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación
territorial y urbanística de la Región de Murcia. El nuevo estudio paisajístico aportado por
el promotor refleja 3 unidades paisajísticas en el ámbito de actuación, 2 de ellas con
valoración de calidad global y fragilidad media y, otra de ellas, denominada Lomo del
Herrero (U.H.P. CO 46), cuya valoración y fragilidad global es alta. En esta unidad
paisajística se localiza el recinto 10 de la planta, que limita al sur con la autovía RM-15 y
cuyos terrenos, de acuerdo con el mapa remitido por la Subdirección General de Política
Forestal, Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia con fecha 24 de mayo de 2021,
presentan pendientes superiores al 30 % en gran parte de su superficie. En este sentido,

cve: BOE-A-2022-22446
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3.2.6