III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22447)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Aportación de arena y mejora de los dispositivos de retención en la playa de Matalascañas, Almonte (Huelva)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 184633

puesto que es una zona de bancos de arena para otros proyectos de regeneración. Para
el primero, se proponen una serie de medidas preventivas y correctoras como la
disposición, siempre que sea posible, de barreras antidispersión para evitar la posible
dispersión de finos y minimizar o eliminar las afecciones fuera del entorno inmediato de
la zona de actuación. Para el segundo, se han establecido una batería de indicadores
ambientales dentro del PVA, que se desarrollará en tres fases (fase previa, fase de
ejecución y fase de explotación).
Se destaca que en las zonas propuestas para la extracción se han venido realizando
dragados con el fin de obtener material para aportar a las playas del entorno en las obras
de emergencia desarrolladas para paliar los efectos de los temporales de años pasados.
Se cuenta, por tanto, con un seguimiento de las mismas, donde se han analizado
indicadores biológicos y físico-químicos, llegándose a la conclusión de que no se espera
que se produzca efecto alguno sobre el estado ecológico ni químico de la masa de agua
en la que se encuentra incluida la zona de préstamo del dique Juan Carlos I, ni tampoco
sobre el resto de masas de agua del entorno. Por tanto, el estado global de las masas de
agua no se va a ver afectado por las operaciones previstas.
b)

En la zona de regeneración.

– El Servicio de Planificación Hidrológica, informa que las zonas de extracción de
arenas pueden afectar a dos masas de agua recogidas en la vigente planificación
hidrológica de la demarcación hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras, concretamente, dos
parcelas se ubican en la masa de agua costera «Límite de la demarcación
Guadiana/Tinto-Odiel-Punta Umbría», y las otras dos parcelas en la Masa de agua
costera «Punta Umbría – 1.500 m antes de la punta del Espigón de Huelva», indicando
que para esta última no se prevén afecciones significativas, teniendo en cuenta que la
presión de extracción de arenas ya está contemplada como presión morfológica de la
masa de agua afectada (zona de aporte) dentro del vigente plan hidrológico, no se
considera que el proyecto genere nuevas presiones significativas sobre la misma, ni que
produzca una alteración morfológica de tal entidad que exista riesgo de no alcanzar el
buen estado en el conjunto de la masa.
Para la otra masa de agua afectada, ES064MSPF004400200 «Límite de la
demarcación Guadiana/Tinto-Odiel-Punta Umbría», que presenta un estado ecológico
bueno, un químico bueno, y un estado global bueno o mejor, indica que si la extracción
de arenas excediera los 500.000 m³ en el cómputo global de los proyectos en curso se
convertiría en una presión significativa, según la definición de la Instrucción de
Planificación Hidrológica. En cuyo caso y para su inclusión en el Plan Hidrológico de la
Demarcación, habrían de aportar la información que se especifica en la instrucción.

cve: BOE-A-2022-22447
Verificable en https://www.boe.es

Por otro lado, en relación a la posible afección sobre las tres masas de agua
(Doñana-Matalascañas, Parque Nacional de Doñana y Pluma del Guadalquivir)
pertenecientes la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir, el promotor indica que los
espigones de la playa de Matalascañas ya existen en la actualidad y únicamente se
plantea un recrecimiento de uno de cada dos de ellos en sus primeros 50 m, entre las
cotas +4 y +1, lo que no va a generar efecto alguno sobre el estado ecológico de las
masas de agua superficiales. No obstante, durante la ejecución de las obras si habrá una
alteración de los parámetros físico-químicos del agua del mar circundante debido al
aumento temporal y reversible de la turbidez que, en todo caso, no va modificar el estado
global definido para las masas de agua en el correspondiente Plan Hidrológico.
Por otro lado, tal como se indica en el EsIA, los análisis físicos, químicos y
microbiológicos realizados sobre el material de aporte muestran que este cumple todas
las exigencias establecidas en la ITEA. En todo caso, en el EsIA se establecen una serie
de medidas preventivas para minimizar este efecto y un plan de vigilancia para el control
del mismo.
La Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía
remite los siguientes informes: