III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22447)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Aportación de arena y mejora de los dispositivos de retención en la playa de Matalascañas, Almonte (Huelva)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 184629

El presente proyecto abarca las siguientes actuaciones:
– Remodelación de nueve espigones, lo que supondría uno de cada dos de los ya
existentes en la playa: elevación de las estructuras 1,50 m sobre el nivel actual de la
playa, de forma que la cota de coronación del espigón vaya descendiendo según nos
alejamos del paseo marítimo, adaptándose a la cota decreciente del perfil de playa. Sólo
se recrecen los primeros 50 m de cada espigón. Se utilizará un volumen de 2.140 m³ de
escollera, procedente de las canteras situadas en torno a la autovía A-49.
– Operaciones de dragado: se plantea la extracción de 700.000 m³ de arena entre los 4
y 15 metros de profundidad, mediante draga de succión de cortador en marcha, de los
bancos sumergidos situados frente a Punta Umbría (parcelas 9 y 11), y frente al dique de
Juan Carlos l (parcelas 6 y 7). El volumen de extracción estimado en Punta Umbría es
de 600.000 m³, mientras que en el banco frente al dique Juan Carlos I sería de 100.000 m³.
La cántara tiene una capacidad de 7.000 m³ y se llenará a un 80 % de su capacidad.
En el estudio previo llevado a cabo en estos dos bancos de arena, con motivo de las
obras de emergencia de 2018, se concluyó que ambos son aptos para la extracción. Sin
embargo, el promotor indica que la elección de estas parcelas no es definitiva, debido al
escaso calado (entre 4 y 5 m) de las parcelas seleccionadas frente al dique Juan Carlos I,
por lo que plantea analizar otros puntos de extracción en el entorno de dicho dique, con
profundidades superiores a los 8 m, que permitan el uso de dragas de mayor tamaño y, a
ser posible, fuera de espacios protegidos.
– Transporte del material, en la cántara de la propia draga, desde los lugares de
extracción hasta los puntos de vertido, a unos 44 km de distancia del banco frente a
Punta Umbría y a 35 km del banco frente al dique Juan Carlos I.
– Relleno mediante impulsión con los 700.000 m³ de arena procedente del dragado.
Posteriormente se realizará el extendido y perfilado mediante tractor oruga, a lo largo de los
primeros 3.700 m de playa, siendo el inicio del punto de vertido el espigón situado más al
norte, al inicio del paseo marítimo y dividiéndolo en 18 tramos de unos 200 metros. Hasta
alcanzar un aumento del ancho de la playa en 20-25 metros aproximadamente.
Se estima un plazo de ejecución total de la obra de siete meses. Las actuaciones de
dragado tienen previsto realizarse durante setenta días en jornada continua (24 h/día
y 7 días/semana), siendo la duración de un ciclo de dragado de aproximadamente 1 hora
y la navegación en carga de 6 hora.
2.

Tramitación del procedimiento

El 15 de febrero de 2019, se publica en el «Boletín Oficial del Estado», el anuncio del
Servicio Provincial de Costas en Huelva, por el que se somete a información pública el
proyecto y el estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA).
Conforme a lo establecido en el artículo 37 de la Ley 21/2013, con fecha 12 de
febrero de 2019, el Servicio Provincial de Costas en Huelva trasladó consultas a las
Administraciones públicas afectadas y personas interesadas recogidas en el anexo I.
El 8 de enero de 2020 se recibe, en la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental, el expediente ambiental con objeto de iniciar la evaluación de impacto
ambiental ordinaria.
Con fecha 12 de febrero de 2020, conforme al artículo 40.1 de la Ley 21/2013, se
solicita subsanación del EsIA (apartado sobre la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos
de accidentes graves o catástrofes; evaluación de la afección del proyecto a largo plazo
sobre las masas de agua) y del trámite de consultas a las Administraciones públicas
afectadas, remitiéndose la nueva documentación generada el 28 de mayo y 1 de julio
de 2020.
Posteriormente, con fecha 24 de junio del 2020, se emite un segundo requerimiento,
conforme al artículo 40.3 de la Ley 21/2013, para que complete el EsIA (cuestiones
relativas a la descripción del proyecto, evaluación de los efectos acumulativos y/o
sinérgicos de las operaciones de dragado, revisión de la evaluación de las repercusiones
del proyecto sobre los espacios Red Natura 2000, el programa de vigilancia y

cve: BOE-A-2022-22447
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Núm. 309