III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22445)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque fotovoltaico "Los Hormigueros" de 50,1 MW, así como parte de su infraestructura de evacuación asociada, en Berceruelo, Bercero y Vega de Valdetronco (Valladolid)».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 184599
5. Durante la fase de construcción se evitarán los trabajos nocturnos. Asimismo, la
planta fotovoltaica no podrá quedar iluminada durante la noche durante su
funcionamiento.
6. Las zonas de acopio o de tránsito de maquinaria, así como las instalaciones
auxiliares necesarias durante las obras no podrán situarse en áreas ocupadas por
hábitats de interés comunitario u otra vegetación de interés, vías pecuarias, zonas
encharcadas o de elevada humedad edáfica ni ningún otro elemento que, sin tener
consideración de masa de agua, forme parte del dominio público hidráulico. Los residuos
peligrosos generados se almacenarán en superficies impermeables, bajo cubierta y
poseerán un sistema de control de derrames (cubeto o similar). Durante el
funcionamiento del proyecto, los residuos peligrosos se almacenarán en zonas
adecuadas para evitar la contaminación y se entregarán a gestor autorizado.
7. La instalación de la planta fotovoltaica y su infraestructura de evacuación no
determinará en ningún momento la eliminación del arbolado.
Asimismo, el soterramiento de la línea de evacuación deberá respetar la integridad
de las vías pecuarias. De forma previa a la ejecución de cualquier actuación que afecte a
los terrenos de vías pecuarias es preceptiva la correspondiente autorización, tramitada
ante el citado Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid de la Junta de Castilla
y León.
8. Las zanjas de cableado y los viales internos entre los seguidores y los módulos
no se podrán pavimentar, ni cubrir con grava o zahorra. Aquellos caminos principales
que sí deban pavimentarse se realizarán con zahorras de la misma tonalidad que el
entorno. Los movimientos de tierra y la anchura de las trazas deben ser las mínimas
necesarias, puntuales y justificadas, afectando lo mínimo imprescindible a la vegetación
natural.
Sólo se retirará el horizonte superficial del suelo en aquellas zonas donde los
movimientos de tierra sean imprescindibles. No se debe eliminar, en ningún caso, la
tierra vegetal del citado horizonte superficial. Previo al comienzo de las obras se retirará
el substrato edáfico (tierra vegetal) para su posterior utilización en tareas de restauración
y revegetación.
La adecuación del terreno para la instalación de los paneles respetará, en la medida
de lo posible, las inclinaciones y pendientes naturales del terreno. Asimismo, se
restituirán morfológicamente los terrenos afectados, especialmente en zanjas o taludes.
Finalizados los trabajos previos de preparación del terreno, se procederá a la
descompactación del terreno para evitar incrementar los procesos erosivos.
Los seguidores se instalarán mediante hincado en el terreno y, únicamente, se
admite la cimentación como alternativa, previa justificación y solicitud de informe de
afección al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid de la Junta de Castilla y
León.
9. En caso necesario, las obras para el cruce subterráneo de los cauces por parte
de la línea eléctrica de evacuación deberán realizarse con la metodología constructiva
adecuada según lo estipulado por el Organismo de cuenca en su respectiva autorización
previa para evitar el desvío de cauces y su modificación en cualquiera de sus
dimensiones espaciales. En todo caso, la instalación del cableado para la evacuación de
la energía eléctrica en los lugares que tenga que cruzar cauces se ejecutará mediante
perforación dirigida con sus extremos fuera del Dominio Público Hidráulico. Los trabajos
y obras que afecten a los cauces deberán realizarse coincidiendo con el estiaje.
10. Durante la fase de obra del proyecto y especialmente, durante los movimientos
de tierras, se deberán establecer las medidas necesarias como la instalación de barreras
de sedimentos para la retención de sólidos, así como otras posibles medidas para
reducir al mínimo el riesgo de contaminación de las aguas superficiales.
En este sentido, se prestará especial atención a la protección de las zonas de
captación y abastecimiento de agua, como la zona de abastecimiento subterráneo
ES020ZCCM004800907 camino de Bercero así como al Punto de Interés Geológico
inventariado DU062 «Deslizamientos en el valle del arroyo de Juncos en Berceruelo».
cve: BOE-A-2022-22445
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 309
Lunes 26 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 184599
5. Durante la fase de construcción se evitarán los trabajos nocturnos. Asimismo, la
planta fotovoltaica no podrá quedar iluminada durante la noche durante su
funcionamiento.
6. Las zonas de acopio o de tránsito de maquinaria, así como las instalaciones
auxiliares necesarias durante las obras no podrán situarse en áreas ocupadas por
hábitats de interés comunitario u otra vegetación de interés, vías pecuarias, zonas
encharcadas o de elevada humedad edáfica ni ningún otro elemento que, sin tener
consideración de masa de agua, forme parte del dominio público hidráulico. Los residuos
peligrosos generados se almacenarán en superficies impermeables, bajo cubierta y
poseerán un sistema de control de derrames (cubeto o similar). Durante el
funcionamiento del proyecto, los residuos peligrosos se almacenarán en zonas
adecuadas para evitar la contaminación y se entregarán a gestor autorizado.
7. La instalación de la planta fotovoltaica y su infraestructura de evacuación no
determinará en ningún momento la eliminación del arbolado.
Asimismo, el soterramiento de la línea de evacuación deberá respetar la integridad
de las vías pecuarias. De forma previa a la ejecución de cualquier actuación que afecte a
los terrenos de vías pecuarias es preceptiva la correspondiente autorización, tramitada
ante el citado Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid de la Junta de Castilla
y León.
8. Las zanjas de cableado y los viales internos entre los seguidores y los módulos
no se podrán pavimentar, ni cubrir con grava o zahorra. Aquellos caminos principales
que sí deban pavimentarse se realizarán con zahorras de la misma tonalidad que el
entorno. Los movimientos de tierra y la anchura de las trazas deben ser las mínimas
necesarias, puntuales y justificadas, afectando lo mínimo imprescindible a la vegetación
natural.
Sólo se retirará el horizonte superficial del suelo en aquellas zonas donde los
movimientos de tierra sean imprescindibles. No se debe eliminar, en ningún caso, la
tierra vegetal del citado horizonte superficial. Previo al comienzo de las obras se retirará
el substrato edáfico (tierra vegetal) para su posterior utilización en tareas de restauración
y revegetación.
La adecuación del terreno para la instalación de los paneles respetará, en la medida
de lo posible, las inclinaciones y pendientes naturales del terreno. Asimismo, se
restituirán morfológicamente los terrenos afectados, especialmente en zanjas o taludes.
Finalizados los trabajos previos de preparación del terreno, se procederá a la
descompactación del terreno para evitar incrementar los procesos erosivos.
Los seguidores se instalarán mediante hincado en el terreno y, únicamente, se
admite la cimentación como alternativa, previa justificación y solicitud de informe de
afección al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid de la Junta de Castilla y
León.
9. En caso necesario, las obras para el cruce subterráneo de los cauces por parte
de la línea eléctrica de evacuación deberán realizarse con la metodología constructiva
adecuada según lo estipulado por el Organismo de cuenca en su respectiva autorización
previa para evitar el desvío de cauces y su modificación en cualquiera de sus
dimensiones espaciales. En todo caso, la instalación del cableado para la evacuación de
la energía eléctrica en los lugares que tenga que cruzar cauces se ejecutará mediante
perforación dirigida con sus extremos fuera del Dominio Público Hidráulico. Los trabajos
y obras que afecten a los cauces deberán realizarse coincidiendo con el estiaje.
10. Durante la fase de obra del proyecto y especialmente, durante los movimientos
de tierras, se deberán establecer las medidas necesarias como la instalación de barreras
de sedimentos para la retención de sólidos, así como otras posibles medidas para
reducir al mínimo el riesgo de contaminación de las aguas superficiales.
En este sentido, se prestará especial atención a la protección de las zonas de
captación y abastecimiento de agua, como la zona de abastecimiento subterráneo
ES020ZCCM004800907 camino de Bercero así como al Punto de Interés Geológico
inventariado DU062 «Deslizamientos en el valle del arroyo de Juncos en Berceruelo».
cve: BOE-A-2022-22445
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 309