II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Personal laboral. (BOE-A-2022-22278)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, del Consejo Económico y Social, por la que se convoca proceso de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento de concurso extraordinario, para el acceso a la condición de personal laboral fijo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022
6.4

Sec. II.B. Pág. 182499

En caso de empate, éste se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor número de días de desempeño de servicios en la misma categoría
profesional objeto de esta convocatoria.
2. Mayor número de días de desempeño de servicios en el ámbito de la
Administración General del Estado.
3. Mayor puntuación en méritos profesionales.
4. Mayor puntuación en méritos académicos.
5. Orden alfabético de los apellidos y nombre, teniendo en cuenta la letra resultante
del sorteo realizado en la Secretaría de Estado de Función Pública, relativa al orden de
actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas (artículo 17 del Real
Decreto 364/1995). Dicha letra será la «U», según lo establecido en la Resolución de 9
de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por
la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE de 25 de mayo
de 2022). Se seguirán las reglas del Registro Central de Personal de la Administración
General del Estado sobre la forma de inscripción de los nombres y los apellidos.
6.5 El Órgano de Selección podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, en cualquier
momento del proceso selectivo, si tuviera conocimiento de que alguno de las personas
aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa
audiencia a la persona interesada, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizado el concurso, el Presidente del Órgano de Selección elevará a la
autoridad convocante las relaciones de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la
calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo, que será de 40 puntos.
Dichas relaciones serán conformadas atendiendo al orden de la puntuación obtenida por
los candidatos en el concurso, para cada una de las plazas señaladas en el anexo I.
El Órgano de Selección publicará dichas relaciones en el tablón de anuncios de la
sede del Consejo Económico y Social, en su página web (www.ces.es), y en el Punto de
Acceso General (www.administracion.gob.es), en la que se anunciará que las primeras
personas aspirantes de cada plaza, dispondrán de un plazo de quince días hábiles, a
contar desde el siguiente al de publicación, para la presentación de la documentación
acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
Adjudicación de plazas

8.1 La adjudicación de los puestos se efectuará, de acuerdo con el orden de
puntuación total obtenida, mediante Resolución de la autoridad convocante que será,
asimismo, publicada.
8.2 Únicamente se formalizará un contrato para cada puesto de trabajo convocado.
8.3 En el caso de que un candidato o candidata no presente la documentación
correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, o renuncie, el
puesto se adjudicará al siguiente candidato o candidata de la relación a la que se refiere
la base 7.1.
9.

Norma final

9.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, el resto de la legislación vigente en la materia y lo
dispuesto en la presente convocatoria.

cve: BOE-A-2022-22278
Verificable en https://www.boe.es

8.