II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-22410)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convoca proceso selectivo de acceso, por el sistema general de acceso libre, a Escalas de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 183229

3.9 Tan solo procederá la devolución de tasas, cuando estas se hayan ingresado
antes de la realización de las pruebas selectivas y estas, por causa imputable a la
Universitat Politècnica de València, no se hayan realizado.
3.10 Las personas aspirantes que participen en un proceso selectivo y opten a una
oferta con «requisito de conocimientos de idioma inglés» deberán acreditar que están en
posesión de un nivel B2 o superior, en el idioma inglés, aportando, de conformidad con el
párrafo siguiente, uno de los certificados admitidos en las tablas de ACLES https://
www.acles.es/216-tablas-de-certificados-reconocidos-por-acles, cuya fecha de obtención
no sea posterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias
prevista en la base 3.1.
La documentación acreditativa de los certificados de competencia lingüística, se
deberá presentar dentro del plazo de presentación de solicitudes, a través de la sede
electrónica de la Universitat Politècnica de València cuya dirección es: sede.upv.es
(presentación de solicitud genérica), indicando en el apartado B Dades Sol.licitud/Datos
Solicitud en el Destí/Destino: «Servicio de Gestión de Personal» y en el Assumpte/
Asunto: «Acreditación de inglés indicando a continuación el código de la oferta».
En caso de no cumplir con este requisito de certificación de competencia lingüística,
las personas aspirantes deberán realizar, con carácter obligatorio y eliminatorio, en la
opción «requisito de conocimientos de idioma inglés», una prueba previa para la
acreditación de dichos conocimientos.
Admisión de personas aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, previa verificación de que se
ha realizado el pago de las tasas de admisión a pruebas de selección, se publicará en el
«Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», la resolución del Rectorado comprensiva de
la relación provisional de personas admitidas y excluidas por cada escala/categoría en la
que haya solicitado participar, así como los nombramientos de los miembros que
componen el órgano técnico de selección.
El hecho de constar en la lista de personas admitidas no implica el reconocimiento a
las personas interesadas que se cumplen los requisitos para participar en estas
convocatorias.
4.2 Las personas aspirantes podrán, en el caso de error o exclusión, subsanar los
defectos en que hayan incurrido en su solicitud, o realizar las alegaciones que tengan
por conveniente en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la
publicación de la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el «Diari
Oficial de la Generalitat Valenciana», salvo que no haya personas aspirantes excluidas
en cuyo caso pasarán a ser definitivas, sin aplicación de lo dispuesto en el apartado
siguiente.
4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y en el supuesto de producirse los
mismos, para posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes
comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la relación provisional
de personas excluidas, sino, además, que sus nombres y datos constan correctamente
en las pertinentes relaciones de personas admitidas.
4.4 Transcurrido el plazo de diez días hábiles, subsanados los defectos si
procediera, y vistas las alegaciones que correspondan, se dictará resolución que
contendrá la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en el
«Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».
Esta publicación servirá de notificación a efectos de impugnaciones y recursos.
4.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
4.6 Documentación acreditativa del conocimiento del idioma castellano.

cve: BOE-A-2022-22410
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