II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-22410)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convoca proceso selectivo de acceso, por el sistema general de acceso libre, a Escalas de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 183228

lo requieran los recursos informáticos suficientes para acceder a dicha página web y
así poder tramitar su instancia.
3.4 Las tasas por admisión serán conforme a los importes indicados en al anexo I.
El pago de esta tasa podrá realizarse mediante recibo bancario o con tarjeta de
crédito.
En el caso de pago en efectivo el ingreso se efectuará mediante el recibo emitido por
la aplicación de instancias en la dirección de Internet citada en el punto 3.2.
El pago mediante tarjeta de crédito se realiza en el momento de cumplimentar la
instancia a través de la aplicación mencionada.
3.5 La falta de abono de la tasa de admisión a estas pruebas selectivas
determinará la exclusión de la persona aspirante.
3.6 Serán causas de exención o bonificación de las tasas, las siguientes
circunstancias que se deben hacer constar en la solicitud de participación.
3.6.1 Los miembros de una familia numerosa de categoría especial o de una familia
monoparental de categoría especial. Para ello señalarán con una equis (X) en el
apartado de Exenciones «Familia Numerosa Especial» de la solicitud.
3.6.2 Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta
condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en la normativa
autonómica contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Para ello señalará con una equis (X) en el apartado «otros» de la solicitud.
3.6.3 Las personas con diversidad funcional igual o superior al 33 %. Para ello
señalarán con una equis (X) en el apartado de Exenciones «Diversidad Funcional» de la
solicitud.
3.6.4 Las personas que estén en situación de exclusión social y esta se acredite
por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia.
Para ello señalará con una equis (X) en el apartado «otros» de la solicitud.
3.6.5 Bonificaciones.
a) Los miembros de una familia numerosa de categoría general o de una familia
monoparental de categoría general, disfrutarán de una bonificación del 50% del importe
total de la tasa. Para ello señalarán con una equis (X) en el apartado de Exenciones
«Familia Numerosa General» de la solicitud.
b) La presentación de la solicitud de participación en las pruebas por medios
telemáticos tendrá una bonificación del 10 % de la cuota íntegra, acumulable a la fijada
en el apartado anterior, a).
3.7 Las personas que superen finalmente el proceso selectivo y hayan solicitado
una de las exenciones establecidas en la base anterior deberán presentar fotocopia
compulsada o cotejada de los documentos acreditativos de tal exención, dentro del plazo
de presentación de documentos, de conformidad con la base 7. En el caso de que no lo
presenten dentro de este plazo, no podrán ser nombradas personal funcionario de
carrera de la Universitat Politècnica de València, sin perjuicio de la responsabilidad en
que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Aquellas personas que se propongan para la constitución de la bolsa de empleo
temporal subsidiaria de la principal y hayan solicitado una de las exenciones
establecidas en la base anterior deberán presentar fotocopia compulsada o cotejada de
los documentos acreditativos de tal exención, dentro del plazo de presentación de
documentos, de conformidad con la base 7 de esta convocatoria. En el caso de que no lo
presenten dentro de este plazo, no podrán ser nombradas como personal funcionario
interino, contratos temporales o nombramiento temporal por mejora de empleo, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
3.8 En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia
supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma, de la solicitud.

cve: BOE-A-2022-22410
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Núm. 309