III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22443)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto «Parque eólico "Bustatur" (51 MW) y sus infraestructuras de evacuación en Las Rozas de Valdearroyo (Cantabria), Alfoz de Santa Gadea y Valle de Valdebezana (Burgos)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

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indicando los aspectos que consideraba y los que no, aportando como información
adicional más relevante una adenda con un nuevo estudio de alternativas propuestas
para la infraestructura eléctrica de evacuación.
4.

Análisis de alternativas.

El promotor ha estudiado tres alternativas de ubicación del emplazamiento del
parque eólico (poligonal), seleccionando la alternativa 2 en base al criterio de menor
longitud de la infraestructura eléctrica de evacuación al nodo de conexión Virtus. Dentro
de esta opción, analiza hasta 3 alternativas posibles para la ubicación de los
aerogeneradores que según el número de turbinas y su potencia unitaria permitirán
alcanzar la potencia instalada objetivo. De este modo, el promotor justifica la selección
de la alternativa 2B como mejor opción en base, en base, entre otros, a criterios
ambientales, dado que constituye la opción que requiere un menor número de
aerogeneradores (15 turbinas, con potencia unitaria de 3.4 MW y 145 m de diámetro de
rotor) y por tanto de menor superficie de ocupación (menor impacto sobre hábitats de
interés comunitario). Una vez elegida esta alternativa de ubicación de los
aerogeneradores, el promotor analiza 4 alternativas posibles de acceso al parque eólico
desde la carretera CA-730, seleccionando la opción A4 en base a la existencia de un
camino de acceso desde la carretera que sería posible acondicionar, reduciendo la
afección sobre vegetación natural. Así mismo, extiende este análisis de accesos también
a los itinerarios posibles de viales interiores de conexión entre aerogeneradores, al
aerogenerador BUS11 y a la zona sur del parque eólico, eligiendo las alternativas
denominadas, B3, C2 y D4. Para la ubicación de la subestación transformadora analiza 3
alternativas, seleccionando la opción E3 en base a la menor superficie de ocupación y
mejor compensación en movimientos de tierras. Del mismo modo, analiza 3
emplazamientos posibles para la subestación colectora Virtus, eligiendo la alternativa V1
por el menor movimiento de tierras necesario y, en consecuencia, menor afección sobre
vegetación natural.
En relación con la línea eléctrica de evacuación de 132 kV de conexión entre la SET
del Parque eólico Bustatur y la SET colectora Virtus, el promotor plantea en el Estudio 3
alternativas de evacuación, todas ellas con diseño en aéreo con diferentes trazados. En
base al resultado de la información pública y las consultas, el promotor ha replanteado el
diseño de esta línea, analizando 4 alternativas posibles que constituyen diseños
mejorados y de menor impacto ambiental respecto de la alternativa inicialmente elegida
en el Estudio (alternativa L3, por su menor longitud respecto a L1 y L2). De los diseños
analizados en la adenda presentada por el promotor, la Alternativa 1 representa el mismo
diseño y trazado elegido en el EsIA (L3), mientras que la alternativa 2 incorpora al 100%
la petición formulada por la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal
de Castilla y León, planteando un itinerario de 24,7 km sobre infraestructuras existentes.
Sin embargo, el promotor descarta finalmente esta alternativa por criterios técnicos y
económicos, pero también ambientales, debido a que requiere la apertura de una faja
lineal de terreno libre de vegetación que el promotor dimensiona con una anchura de 20
m y con ampliaciones de la zona de ocupación cada 400-800 m por la necesidad de
ejecutar empalmes.
Como solución intermedia, que mitigaría los impactos ambientales derivados de un
diseño en áereo al 100%, el promotor incorpora en la adenda presentada otras 2
alternativas posibles, denominadas Alternativa 3 y Alternativa 4. Ambas incorporan como
medida el soterramiento parcial de la línea, en un tramo de 3.521,11 m en el término
municipal de Valle de Valdebezana junto a la carretera comarcal y la línea de ferrocarril
Bilbao-León, en una zona dentro de la ZEPA ES000091 «Embalse del Ebro» que se
encuentra muy próxima al mismo. La diferencia entre ambas opciones, se localiza entre
los apoyos 18 a 21, tramo sobre el que la alternativa 4 plantea el soterramiento en
atención a la proximidad de una zona de nidificación de alimoche, según informa la

cve: BOE-A-2022-22443
Verificable en https://www.boe.es

4.1

Análisis técnico del expediente