III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Competencias profesionales. (BOE-A-2022-22469)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se publica la convocatoria del procedimiento de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Lunes 26 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 184872
4. Todos los documentos que no se presenten redactados en lengua catalana o
castellana deben acompañarse necesariamente de la traducción oficial correspondiente.
5. La falsedad en los datos declarados o aportadas comporta la pérdida del
derecho a participar en este procedimiento y la no devolución de las tasas abonadas.
Cuarto. Admisión al procedimiento.
1. Las solicitudes de inscripción al procedimiento deben ser revisadas por la
Comisión Permanente.
2. En el caso que la Comisión Permanente haga un requerimiento de
documentación a la persona candidata, ésta tendrá quince días naturales para aportarla
y, si no la presenta, se considera que desiste en participar en el procedimiento.
3. Todas las personas interesadas que cumplen los requisitos podrán participar en
el procedimiento.
4. La Comisión Permanente debe comunicar a las personas que cumplen los
requisitos que pueden participar en el procedimiento y que deben formalizar la solicitud
de inscripción a la fase de asesoramiento, y a las personas que no cumplen los
requisitos, los motivos por los que no pueden participar en dicho procedimiento.
Quinto. Referencia normativa.
1. La Resolución de 16 de diciembre de 2020, de la Secretaria General de
Formación Profesional, concede un importe de 4.693.181,32 euros a la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears para financiar el procedimiento de acreditación de las
competencias profesionales (BOE núm. 338, de 28 de diciembre de 2020).
2. La Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Secretaria General de Formación
Profesional, concede un importe de 4.636.206,87 euros a la Comunidad Autónoma de
las Illes Balears para financiar el procedimiento de acreditación de las competencias
profesionales (BOE núm. 249, de 18 de octubre de 2021).
3. En consecuencia, a los dos puntos anteriores, la Resolución del Consejero de
Educación y Formación Profesional de 2 de diciembre de 2022 está financiada por el
Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-Next
GenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
4. Las personas interesadas en participar en el procedimiento de acreditación
pueden consultar la convocatoria de nuestra Comunidad Autónoma en el «Boletín Oficial
de las Illes Balears» y en la página web http://iqpib.caib.es.
cve: BOE-A-2022-22469
Verificable en https://www.boe.es
Palma, 13 de diciembre de 2022.–El Consejero de Educación y Formación
Profesional, Martí Xavier March i Cerdà.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 309
Lunes 26 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 184872
4. Todos los documentos que no se presenten redactados en lengua catalana o
castellana deben acompañarse necesariamente de la traducción oficial correspondiente.
5. La falsedad en los datos declarados o aportadas comporta la pérdida del
derecho a participar en este procedimiento y la no devolución de las tasas abonadas.
Cuarto. Admisión al procedimiento.
1. Las solicitudes de inscripción al procedimiento deben ser revisadas por la
Comisión Permanente.
2. En el caso que la Comisión Permanente haga un requerimiento de
documentación a la persona candidata, ésta tendrá quince días naturales para aportarla
y, si no la presenta, se considera que desiste en participar en el procedimiento.
3. Todas las personas interesadas que cumplen los requisitos podrán participar en
el procedimiento.
4. La Comisión Permanente debe comunicar a las personas que cumplen los
requisitos que pueden participar en el procedimiento y que deben formalizar la solicitud
de inscripción a la fase de asesoramiento, y a las personas que no cumplen los
requisitos, los motivos por los que no pueden participar en dicho procedimiento.
Quinto. Referencia normativa.
1. La Resolución de 16 de diciembre de 2020, de la Secretaria General de
Formación Profesional, concede un importe de 4.693.181,32 euros a la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears para financiar el procedimiento de acreditación de las
competencias profesionales (BOE núm. 338, de 28 de diciembre de 2020).
2. La Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Secretaria General de Formación
Profesional, concede un importe de 4.636.206,87 euros a la Comunidad Autónoma de
las Illes Balears para financiar el procedimiento de acreditación de las competencias
profesionales (BOE núm. 249, de 18 de octubre de 2021).
3. En consecuencia, a los dos puntos anteriores, la Resolución del Consejero de
Educación y Formación Profesional de 2 de diciembre de 2022 está financiada por el
Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-Next
GenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
4. Las personas interesadas en participar en el procedimiento de acreditación
pueden consultar la convocatoria de nuestra Comunidad Autónoma en el «Boletín Oficial
de las Illes Balears» y en la página web http://iqpib.caib.es.
cve: BOE-A-2022-22469
Verificable en https://www.boe.es
Palma, 13 de diciembre de 2022.–El Consejero de Educación y Formación
Profesional, Martí Xavier March i Cerdà.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X