III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22440)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Iglesias de 94 MW y sus infraestructuras de evacuación, en Iglesias, Hontanas, Tamarón, Los Balbases, Estépar, Rabé de las Calzadas, Tardajos, San Mamés de Burgos y Villalbilla de Burgos".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

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EsIA como compatible. Durante la fase de explotación, la presencia de las instalaciones,
principalmente los aerogeneradores, implicará una pérdida de la calidad visual debido a la
intrusión de elementos discordantes con el paisaje rural del entorno. El promotor realiza un
análisis de visibilidad con la finalidad de caracterizar la alteración del paisaje como
consecuencia de la introducción de los elementos del proyecto en el que se considera la
cuenca visual del parque Iglesias y, por otro lado, la cuenca visual global con el resto de
parques eólicos presentes. Analizando conjuntamente las cuencas visuales y la ubicación de
los puntos sensibles, se ha calculado la visibilidad de los proyectos desde dichos puntos.
Desde el 89,6% del territorio analizado se verá alguna infraestructura de las existentes junto
con el parque eólico Iglesias. El EsIA concluye que el impacto paisajístico en la zona ya es
muy alto, dada la presencia de los parques eólicos existentes, por lo que la instalación del
parque Iglesias apenas sumaría impacto visual.
Respecto del plan de restauración paisajística, el STMAB indica que el EsIA no
define los lugares de las plantaciones de especies arbóreas y que debería en todo caso
valorarse la capacidad de acogida del territorio y necesidad de este tipo de restauración,
así como los hábitats sobre los que se actuará. Propone otras formas de restauración o
compensación, invirtiendo en la integración de los proyectos eólicos dentro de otros que
favorezcan el desarrollo económico de la comarca. También indica que el EsIA no ha
considerado la percepción del entorno desde el Camino de Santiago, por lo que se
podrían proponer actuaciones que mejoren la calidad paisajística, tales como
plantaciones arbóreas y arbustivas en márgenes y linderos.
En relación con el informe anterior, este órgano ambiental requirió información
adicional sobre las medidas de integración paisajística y la aceptación social del impacto
paisajístico y el promotor propone crear un punto de información ambiental en alguna de
las instalaciones ya existentes del Ayuntamiento de Hontanas con el objeto de impartir
educación ambiental sobre los valores naturales de la zona y la integración de las
energías renovables en el medio. Asimismo, se incluye una imagen donde representa la
visibilidad de las instalaciones y el camino de Santiago de forma que puede identificarse
el tramo de visibilidad alta.
El apartado de título «encuesta de satisfacción» indica que no se han recibido
alegaciones que pongan en duda la aceptación social. Adjunta un anexo con certificados
de aceptación social donde los ayuntamientos de Los Balbases, Hontanas, Iglesias y
Tamarón proporcionan los datos de la sesión informativa de 17 de febrero de 2020
(previo a la fase de información pública), indicando la conformidad de los vecinos.
Patrimonio cultural y vías pecuarias.

Los posibles impactos sobre el patrimonio cultural se producirían en la fase de
construcción, debido a los movimientos de tierras proyectados. De acuerdo con el
estudio y prospección arqueológica, incluidos como anexos al EsIA, en el área de
actuación se localizan los yacimientos arqueológicos «El Castillo», «Velosillo», «San
Quirce», «Fuente del lugar», «Bajo Eras» y «Carrera Vieja». Además, próximos al área
de actuación, se han identificado los yacimientos «Vía Romana Clunia-Sasamón», el
emplazamiento de San Miguel del Páramo y una estructura próxima al Camino de
Villaquirán. El Servicio Territorial de Cultura y Turismo de Burgos propone el
cumplimiento de una serie de medidas de protección del patrimonio arqueológico y
cultural, como realizar sondeos previos a las obras que permitan conocer las
características de los emplazamientos y la afección real, balizando los yacimientos
próximos al área de actuación. También la realización de un control y seguimiento
arqueológico por técnicos cualificados, en todos los trabajos de remoción de terrenos y
movimientos de tierra. Estas medidas son aceptadas por el promotor.
El STMAB señala coincidencias con vías pecuarias e indica que, en ningún caso,
pueden instalarse aerogeneradores en las mismas. El informe recuerda la obligación de
cumplimiento de la Ley 3/1995, de Vías pecuarias y de solicitar las correspondientes
autorizaciones de ocupación previa y aporta una serie de medidas a tener en cuenta,
que el promotor se ha comprometido a cumplir.

cve: BOE-A-2022-22440
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3.2.8