T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2022-22243)
Sala Primera. Sentencia 141/2022, de 14 de noviembre de 2022. Recurso de amparo 5094-2021. Promovido por doña María Henar Castaño Jorge respecto de sendos autos dictados por un juzgado de primera instancia de Fuenlabrada (Madrid) en procedimiento de ejecución hipotecaria. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (motivación): STC 31/2019 (ausencia de control judicial de las cláusulas abusivas que desconoce la primacía del Derecho de la Unión Europea y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia). Voto particular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Sábado 24 de diciembre de 2022
Sec. TC. Pág. 182267
2.º Restablecerla en su derecho y, en consecuencia, declarar la nulidad de los
autos de 25 de marzo y 7 de julio de 2021, dictados por el Juzgado de Primera Instancia
núm. 2 de Fuenlabrada en el procedimiento de ejecución hipotecaria núm. 826-2015.
3.º Retrotraer las actuaciones al momento inmediatamente anterior al
pronunciamiento de las citadas resoluciones, para que el órgano judicial dicte una nueva
que sea respetuosa con el derecho fundamental vulnerado.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a catorce de noviembre de dos mil veintidós.–Pedro José GonzálezTrevijano Sánchez.–Santiago Martínez-Vares García.–Ricardo Enríquez Sancho.–María
Luisa Balaguer Callejón.–Inmaculada Montalbán Huertas.–Firmado y rubricado.
Voto particular que formula el magistrado don Ricardo Enríquez Sancho a la sentencia
dictada en el recurso de amparo núm. 5094-2021
En el ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 90.2 de la Ley Orgánica del
Tribunal Constitucional, y con el máximo respeto a la opinión de la mayoría, formulo el
presente voto particular por discrepar de la fundamentación y del fallo de la sentencia
recaída en el recurso de amparo núm. 5094-2021, el cual a mi juicio debió ser
desestimado.
Las razones de mi discrepancia han quedado detalladamente expuestas en el voto
particular formulado a la sentencia 31/2019, de 28 de febrero, que resolvió una demanda
de amparo sustancialmente idéntica a la presente, al que por tanto me remito.
Y en tal sentido emito mi voto particular.
cve: BOE-A-2022-22243
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, a catorce de noviembre de dos mil veintidós.–Ricardo Enríquez Sancho.–
Firmado y rubricado.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 308
Sábado 24 de diciembre de 2022
Sec. TC. Pág. 182267
2.º Restablecerla en su derecho y, en consecuencia, declarar la nulidad de los
autos de 25 de marzo y 7 de julio de 2021, dictados por el Juzgado de Primera Instancia
núm. 2 de Fuenlabrada en el procedimiento de ejecución hipotecaria núm. 826-2015.
3.º Retrotraer las actuaciones al momento inmediatamente anterior al
pronunciamiento de las citadas resoluciones, para que el órgano judicial dicte una nueva
que sea respetuosa con el derecho fundamental vulnerado.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Dada en Madrid, a catorce de noviembre de dos mil veintidós.–Pedro José GonzálezTrevijano Sánchez.–Santiago Martínez-Vares García.–Ricardo Enríquez Sancho.–María
Luisa Balaguer Callejón.–Inmaculada Montalbán Huertas.–Firmado y rubricado.
Voto particular que formula el magistrado don Ricardo Enríquez Sancho a la sentencia
dictada en el recurso de amparo núm. 5094-2021
En el ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 90.2 de la Ley Orgánica del
Tribunal Constitucional, y con el máximo respeto a la opinión de la mayoría, formulo el
presente voto particular por discrepar de la fundamentación y del fallo de la sentencia
recaída en el recurso de amparo núm. 5094-2021, el cual a mi juicio debió ser
desestimado.
Las razones de mi discrepancia han quedado detalladamente expuestas en el voto
particular formulado a la sentencia 31/2019, de 28 de febrero, que resolvió una demanda
de amparo sustancialmente idéntica a la presente, al que por tanto me remito.
Y en tal sentido emito mi voto particular.
cve: BOE-A-2022-22243
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, a catorce de noviembre de dos mil veintidós.–Ricardo Enríquez Sancho.–
Firmado y rubricado.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X