III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-22198)
Resolución 420/38490/2022, de 16 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la cesión de un avión para ser empleado como material didáctico por la comunidad educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 181868

La URJC, en desarrollo de este convenio, se compromete a:
a) Incluir en el cartel informativo que acompañe al bien cedido la leyenda «Cedido
por el Ministerio de Defensa, Ejército del Aire y del Espacio».
b) Responsabilizarse del acondicionamiento del citado avión, traslado desde Getafe
hasta Fuenlabrada, instalación y conservación. Para satisfacer esta responsabilidad, la
URJC licitará el servicio de acondicionamiento, traslado e instalación de la aeronave.
c) Responsabilizarse del traslado de otro avión de las mismas características que el
cedido (Boeing 707) desde su ubicación actual, Base Aérea de Getafe, hasta su futuro
emplazamiento en el Museo de Aeronáutica y Astronáutica del Ejército del Aire y del
Espacio (en Cuatro Vientos, Madrid), responsabilizándose del acondicionamiento,
traslado e instalación. Para satisfacer esta responsabilidad, la URJC licitará el servicio de
acondicionamiento, traslado e instalación de la aeronave.
d) No someter los bienes de la cláusula primera a tratamientos destructivos.
e) Comprometerse a la guarda y custodia en las condiciones medioambientales y
de seguridad que garanticen la adecuada conservación e integridad del bien depositado.
f) Garantizar al personal del Ministerio de Defensa, Ejército del Aire y del Espacio,
que reúnan los requisitos de acceso establecidos por el Ejército del Aire y del Espacio y
la URJC, la matrícula a título gratuito de dos estudiantes en la oferta educativa superior
de la URJC en el Área de Ingeniería Aeroespacial, en cualquiera de sus variantes y en
cualquiera de sus tres niveles (grado, máster o doctorado).
g) Garantizar al personal del Ministerio de Defensa, Ejército del Aire y del Espacio,
que reúnan los requisitos de acceso establecidos por el Ejército del Aire y del Espacio y
la URJC, la matrícula a título gratuito de dos estudiantes anualmente en las diversas
ofertas educativas y/o prácticas profesionales en el ámbito aeronáutico, acordadas
formalmente a través de la Comisión Mixta de Seguimiento, que pudieran impartirse en
instalaciones de la Universidad, con el fin de potenciar su desarrollo y promoción
profesional así como en su caso, su reinserción laboral tras finalizar su compromiso con
las Fuerzas Armadas.
Tercera. Destino de los bienes cedidos.
La URJC no podrá dedicar el bien cuyo uso se cede mediante el presente convenio a
otro destino o finalidad distinta de la expresada en la cláusula primera, sin la previa
autorización por escrito del Ministerio de Defensa, Ejército del Aire y del Espacio.
Para ello, cualquier cambio de ubicación topográfica será solicitado al Ministerio de
Defensa, Ejército del Aire y del Espacio, con carácter urgente si los motivos pudieran
perjudicar al bien, siendo, en cualquiera de los casos, obligatoria la autorización de este
último.
La URJC será responsable de cuantos daños puedan ocasionarse, tanto a la propia
aeronave como a terceros, con motivo de la utilización del bien cedido, de acuerdo con
este convenio, quedando el Ministerio de Defensa exento de cualquier responsabilidad.
La URJC permitirá la visita y la inspección física del bien cedido a los técnicos que
designe el Ministerio de Defensa, Ejército del Aire y del Espacio, dándole todas las
facilidades para ello.
Cuarta. Compromisos económicos.
La colaboración del Ministerio de Defensa a través del Ejército del Aire y del Espacio
se realiza a título gratuito, sin contraprestación económica alguna. Los gastos que
conlleve la ejecución del presente convenio, si los hubiera, correrán a cargo de la entidad
cesionaria. En ningún caso supondrán coste para el Ministerio de Defensa, Ejército del
Aire y del Espacio, no sólo los traslados iniciales sino tampoco la conservación ulterior.

cve: BOE-A-2022-22198
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Núm. 308