II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-22148)
Resolución 400/38496/2022, de 21 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca con carácter excepcional proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal de larga duración, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Titulado/a Especialista en Ciencias de la Salud, y de Titulado/a Sanitario/a, en la Red Hospitalaria de la Defensa.
16 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 181511

estas personas para presentar la documentación acreditativa de los méritos que se han
hecho constar en el autobaremo, con el objeto de revisar la documentación acreditativa
que justifica la puntuación obtenida en el autobaremo.
Una vez revisada por el Tribunal, tras realizar las correcciones oportunas, este
publicará en los lugares previstos en la base 1 de esta convocatoria la relación de
aspirantes que contenga la valoración de méritos del concurso corregida, con indicación
de la puntuación del autobaremo en cada uno de los méritos, y por orden de la
puntuación total ya verificada.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del
siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes
en base a la documentación presentada, sin que pudiera admitirse la presentación de
nueva documentación. Las alegaciones deberán ser registradas con tramitación
electrónica, de conformidad con la disposición adicional primera del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y se dirigirán al Tribunal
correspondiente, que tendrá su dirección en la Subdirección General de Personal Civil
del Ministerio de Defensa (calle Princesa, n.º 32-36, 28071 Madrid).
Finalizado dicho plazo, y una vez resueltas las reclamaciones por el Tribunal, en el
plazo máximo de diez días hábiles, éste publicará el listado definitivo ordenado con el
orden de puntuación con el que serán cubiertas las plazas convocadas, en la página web
del Portal del ciudadano www.administracion.gob.es, y en la del Ministerio de Defensa
www.defensa.gob.es,
6.

Superación del proceso selectivo

6.6

Nombramiento y toma de posesión.

6.6.1 Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de las personas
aspirantes que hubieran resultado seleccionadas en el proceso selectivo, el Ministerio de
Defensa, mediante la respectiva Resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado», nombrará a las personas aspirantes seleccionadas, con expresión del destino
adjudicado, como Personal Estatutario Fijo de la Red Hospitalaria de la Defensa.

cve: BOE-A-2022-22148
Verificable en https://www.boe.es

6.1 Finalizado el concurso, el Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación
de personas seleccionadas del proceso selectivo para su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de
veinte días hábiles, desde la publicación oficial, para la presentación de la
documentación que figura en el Anexo IV para su nombramiento.
6.2 Los órganos de selección no podrán proponer el acceso a la condición de
personal estatutario fijo de un número superior de personas seleccionadas al de plazas
convocadas en el proceso selectivo.
6.3 Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas
las personas aspirantes que no soliciten plaza en la fecha y conforme al procedimiento
que se establezca.
6.4 La adjudicación de plazas a las personas aspirantes que superen el proceso
selectivo se realizará en función de la puntuación total obtenida y la petición efectuada,
según la distribución mostrada en el Anexo I.
6.5 No obstante lo anterior, y de conformidad con el artículo 61.8 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, siempre que los tribunales calificadores hayan
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que de plazas convocadas, y
con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de las
personas aspirantes seleccionadas, antes de su nombramiento o toma de posesión, el
órgano convocante podrá requerir de los tribunales calificadores relación complementaria
de aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible nombramiento como personal
estatutario fijo.