II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-22148)
Resolución 400/38496/2022, de 21 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca con carácter excepcional proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal de larga duración, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Titulado/a Especialista en Ciencias de la Salud, y de Titulado/a Sanitario/a, en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de diciembre de 2022

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b) Por impartir actividades como personal docente, directamente relacionadas con
la categoría que se solicita, impartidas en las entidades señaladas en este anexo I: 2,50
puntos por cada curso. Solo se valorarán los cursos impartidos en los diez años
anteriores a esta convocatoria, y siempre que los cursos hubieran tenido una duración
igual o superior a dos horas.
3. Procesos selectivos anteriores, méritos y condecoraciones (máximo 20 puntos).
Deberán acreditarse con la correspondiente documentación justificativa oficial.
a) Por cada Cruz al Mérito Militar, Naval o Aeronáutico: 5 puntos.
b) Por la Medalla conmemorativa de la Operación Balmis: 4 puntos.
c) Por cada Mención Honorífica: 3 puntos.
d) Por haber superado en los cinco años anteriores a esta convocatoria la fase de
oposición de algún proceso selectivo de esta misma categoría de la Red Hospitalaria de
la Defensa: 20 puntos.
Para la valoración del apartado 1 relativo a la «Experiencia profesional» se tendrá en
cuenta lo siguiente:
1. A los efectos de valoración del apartado «Experiencia profesional», un mismo
período de tiempo no podrá ser objeto de valoración por más de uno de los
subapartados, tomándose en consideración el más beneficioso para la persona
solicitante, excepto los servicios prestados a tiempo parcial en un mismo período, que se
computarán hasta completar el 100 por 100 de la jornada laboral, sin que el exceso de
jornada pueda ser valorado.
2. El cómputo de los servicios prestados a tiempo parcial se realizará de forma
proporcional al tiempo completo, a excepción de los períodos de reducción de jornada
por guarda legal de las personas titulares, que se hará a tiempo completo. Sin embargo,
las sustituciones de estas reducciones por guarda legal se valorarán en proporción a la
jornada trabajada.
3. Se entiende por mes el conjunto de 30 días naturales. Para el cómputo de los
servicios prestados, se sumarán en días todos los períodos y se dividirán por 30,
despreciándose del resultado final los que sean inferiores a 30. Se considera un mes el
equivalente a 150 horas prestadas.
4. El tiempo trabajado durante el periodo de pandemia por COVID-19, para su
valoración, comprende desde el día 14 de marzo de 2020, fecha de inicio de la
declaración del estado de alarma, hasta la fecha que las Autoridades Sanitarias
competentes señalen como finalización de la situación de pandemia por COVID-19.
Dicha valoración solo podrá ser baremada hasta el último día del plazo para
presentación de solicitudes de esta convocatoria, si este fuese anterior a la fecha en las
Autoridades Sanitarias competentes señalen como finalización de la situación de la
pandemia COVID-19.
5. Los servicios prestados en la Red Hospitalaria de la Defensa, el HCD Gómez
Ulla Centro de Vida y Esperanza, y el HGD Zaragoza, se acreditarán mediante
certificado de la Subdirección General de Personal Civil. Los servicios prestados en el
sistema Nacional de Salud se certificaran por la autoridad competente en el mismo,
acompañados de copias del nombramiento como empleado público. En todos los casos
deberá acompañarse del informe de vida laboral, que será condición imprescindible para
la valoración de la experiencia laboral recogida en el punto 1.

cve: BOE-A-2022-22148
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Núm. 308