II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-22148)
Resolución 400/38496/2022, de 21 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca con carácter excepcional proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal de larga duración, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Titulado/a Especialista en Ciencias de la Salud, y de Titulado/a Sanitario/a, en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 181514

trabajado en la misma categoría y especialidad que se solicita en la Red Hospitalaria de
Defensa. Este apartado tendrá un máximo de 60,00 puntos.
b) 0,25 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y especialidad
que se solicita en el Servicio Público de Salud o equivalentes de la Unión Europea y de
aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
en los términos en los que esta se define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad
Europea. Si el período trabajado comprende el período de pandemia por la situación del
COVID-19, 0,50 puntos por mes completo trabajado en la misma categoría y
especialidad que se solicita en el Servicio Público de Salud o equivalentes de la Unión
Europea y de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en los que esta se define en el Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea. Este apartado tendrá un máximo de 60,00
puntos.
c) 0,255 puntos por mes completo trabajado en distinta categoría y especialidad
que se solicita, en la Red Hospitalaria de la Defensa. Si el período trabajado comprende
el período de pandemia por la situación del COVID-19, 0,51 puntos por mes completo
trabajado en distinta categoría y especialidad que se solicita en la Red Hospitalaria de
Defensa. Este apartado tendrá un máximo de 30,60 puntos.
d) 0,127 puntos por mes completo trabajado en la distinta categoría y especialidad
que se solicita en el Servicio Público de Salud o equivalentes de la Unión Europea y de
aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
en los términos en los que esta se define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad
Europea. Si el período trabajado comprende el período de pandemia por la situación del
COVID-19, 0,255 puntos por mes completo trabajado en distinta categoría y especialidad
que se solicita en el Servicio Público de Salud o equivalentes de la Unión Europea y de
aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
en los términos en los que esta se define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad
Europea. Este apartado tendrá un máximo de 30,60 puntos.
2. Formación (máximo 20 puntos). Esta puntuación máxima puede obtenerse a
partir de cualquiera de los siguientes apartados, donde se valorará una sola vez la
recepción o impartición de un curso sobre la misma materia:
2.1 Actividad discente. Se valorarán los diplomas o certificados correspondientes a
cursos cuyo contenido se encuentre relacionado directamente con la categoría a la que
se opta, cuando estén organizados por el Ministerio de Defensa. Se valorarán dichos
cursos siempre que se certifique debidamente: 5,00 puntos por cada curso. Solo se
valorarán los cursos realizados en los diez años anteriores a esta convocatoria, y
siempre que los cursos hubieran tenido una duración igual o superior a quince horas.
Se valorarán los diplomas o certificados correspondientes a cursos cuyo contenido
se encuentre relacionado directamente con la categoría a la que se opta, cuando estén
organizados por las entidades señaladas en este anexo I. Se valorarán dichos cursos
siempre que se certifique debidamente: 2,50 puntos por cada curso. Solo se valorarán
los cursos realizados en los diez años anteriores a esta convocatoria, y siempre que los
cursos hubieran tenido una duración igual o superior a quince horas.
2.2 Actividad docente:
a) Por impartir actividades como personal docente, directamente relacionadas con
la categoría que se solicita, impartidas en el Ministerio de Defensa: 5,00 puntos por cada
curso. Solo se valorarán los cursos impartidos en los diez años anteriores a esta
convocatoria, y siempre que los cursos hubieran tenido una duración igual o superior a
dos horas.

cve: BOE-A-2022-22148
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Núm. 308