II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-22180)
Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de Gestor PB.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 181685

– Vocal: Un miembro del personal de administración y servicios de la Universidad
Pública de Navarra designado por sorteo entre funcionarios de igual nivel.
Vocal suplente: Un miembro del personal de administración y servicios de la
Universidad Pública de Navarra designado por sorteo entre funcionarios de igual nivel.
– Vocal Secretario: Un miembro del personal de administración y servicios de la
Universidad Pública de Navarra designado por la Junta de Personal de Administración y
Servicios.
Vocal Secretario suplente: Un miembro del personal de administración y servicios de
la Universidad Pública de Navarra designado por la Junta de Personal de Administración
y Servicios.
En la resolución por la que se aprueben las listas definitivas de aspirantes admitidos
y excluidos se concretará nominalmente la composición del Tribunal Calificador.
6.3 El Tribunal Calificador deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas
selectivas.
El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos,
la mayoría absoluta de sus miembros.
Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la
presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.
Una vez constituido el Tribunal Calificador, en caso de enfermedad o ausencia
temporal por causa justificada del presidente o secretario, se aplicará lo establecido en
los artículos 21.2 y 22.2 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de
la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.
6.4 Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención
previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. Asimismo, en virtud del artículo 24 de la misma, los aspirantes podrán
recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las aludidas
circunstancias.
Cualquier variación en la composición del Tribunal Calificador por causas de
abstención y recusación será publicada en la sede electrónica de la Universidad Pública
de Navarra.
6.5 El Tribunal Calificador resolverá por mayoría las dudas que pudieran surgir en
la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria, así como la adopción de
las medidas oportunas para la resolución de las cuestiones no previstas en la misma,
que puedan suscitarse a lo largo del proceso selectivo.
6.6 El Tribunal Calificador podrá incorporar asesores especialistas para todas o
algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el mismo limitándose al
ejercicio de sus especialidades técnicas.
6.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal Calificador tendrá
su sede en el Edificio de Administración y Gestión de la Universidad Pública de Navarra.
7.

Desarrollo del concurso-oposición

7.1 El orden de realización de las fases de que consta esta convocatoria será el
siguiente: en primer lugar, la fase de oposición y con posterioridad a su finalización, la
fase de concurso.
7.2 Fase de oposición y valoración.
7.2.1 La fase de oposición dará comienzo a partir del mes de noviembre de 2023.
En la resolución aprobatoria de las listas definitivas de personas admitidas y
excluidas, se determinarán el lugar, fecha y hora de realización de la primera prueba de
la oposición.
La convocatoria a las siguientes pruebas se publicará por el Tribunal con una
antelación mínima de 48 horas, indicando la relación de las personas aspirantes

cve: BOE-A-2022-22180
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Núm. 308