II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-22180)
Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de Gestor PB.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 181683

electrónica de la Universidad Pública de Navarra, en el botón «Iniciar trámite» de la
siguiente dirección:
https://sedeelectronica.unavarra.es/sede/catalogo-de-procedimientos/todos/
estabilizacion-concurso-oposicion?languageId=100000
3.3

Documentación a presentar con la solicitud.

En el momento de presentar la solicitud on line, las personas aspirantes deberán
aportar, según el caso, la siguiente documentación escaneada:
a) Copia de la titulación exigida en la base 2.1.c) de la convocatoria, o del
resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.
b) Comprobante de haber satisfecho la tasa por derecho de participación, o
acreditación de la exención del pago a que se refiere la base 4.2.
c) En el caso de personas con discapacidad reconocida certificado expedido por el
Imserso u órgano competente de la Comunidad Autónoma, o de la Resolución del
Instituto Nacional de la Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la
percepción de prestación por Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.
4.

Tasa

4.1 La tasa por la prestación de los servicios necesarios para la realización del
proceso selectivo será de 41,60 euros.
El abono de la tasa se realizará mediante ingreso en efectivo o transferencia en la
cuenta corriente ES16 3008 0001 18 0700190523 de Caja Rural de Navarra, debiendo
figurar en el justificante la identidad del aspirante y la identificación «Gestor PB
Concurso-Oposición».
4.2 Estarán exentas del pago de la tasa:

4.3 Salvo que se acredite causa de exención, la falta de pago de la tasa dentro del
plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión de la persona aspirante,
siendo un requisito insubsanable.
4.4 En ningún caso el pago de la tasa de derechos de examen supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación
en el proceso selectivo.
5.

Admisión de aspirantes

5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Gerente de la Universidad
Pública de Navarra dictará resolución aprobando las listas provisionales de personas
aspirantes admitidas y excluidas, citando en este último caso las causas de exclusión, y
ordenará su publicación en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra.

cve: BOE-A-2022-22180
Verificable en https://www.boe.es

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33
por 100.
La exención prevista en el párrafo anterior, referida a la discapacidad reconocida, se
acreditará mediante la presentación del Certificado expedido por el Imserso u órgano
competente de la Comunidad Autónoma, o de la Resolución del Instituto Nacional de la
Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por
Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.
b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el
plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
La exención prevista en el párrafo anterior, referida a la situación de desempleo, se
acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en
la que se hará constar la fecha de inscripción como persona desempleada.