II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-22178)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de Técnico PB.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 181644

Las personas aspirantes no deberán presentar méritos que ya obren en poder de la
Universidad Pública de Navarra, lo que deberá ser indicado en la instancia. No obstante
lo anterior, el Servicio de Recursos Humanos podrá requerir a las personas concursantes
con tal fin en el caso de no poder recabar los citados documentos.
Concretamente, en ningún caso será necesario presentar los servicios prestados a la
Universidad Pública de Navarra, que se pondrán a disposición del Tribunal calificador
para su baremación.
5.3.2 Los méritos alegados se calificarán y puntuarán por el Tribunal calificador de
acuerdo con el baremo establecido en el anexo II de la presente convocatoria.
La valoración de la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, podrá
alcanzar una puntuación máxima de 40 puntos.
5.3.3 En la valoración de los méritos se tendrán en cuenta únicamente los
obtenidos hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de
Navarra», no computándose los obtenidos con posterioridad.
5.3.4 En ningún caso el Tribunal calificador podrá dar por supuesta la concurrencia
de un mérito que no hubiese sido alegado y acreditado documentalmente, ni podrá
otorgar, por cada uno de los apartados del mismo, puntuación superior a la máxima
señalada en el baremo.
El Tribunal calificador podrá solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los
méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes.
5.3.5 Finalizada la valoración de los méritos, el Tribunal calificador publicará, en el
Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra, las puntuaciones obtenidas por las
personas aspirantes y abrirá un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día
siguiente al de su publicación, para que las personas aspirantes puedan formular
reclamaciones y alegar lo que a su derecho convenga en relación con la valoración de
méritos.
La presentación de reclamaciones será de forma telemática, mediante instancia
general, a través de la sede electrónica de la Universidad Pública de Navarra, a través
del botón «Iniciar trámite», de la siguiente dirección:
https://sedeelectronica.unavarra.es/sede/catalogo-de-procedimientos/todos/instanciageneral.
5.3.6 Una vez resueltas por el Tribunal Calificador las reclamaciones que se
formulen, éste publicará las calificaciones definitivas obtenidas por las personas
aspirantes, por orden de puntuación alcanzada, en el Tablón Electrónico de la
Universidad Pública de Navarra. Dicha publicación dará lugar a la finalización de la fase
de concurso.
6.

Relación de personas aprobadas

6.1 La calificación final será la suma de la puntuación resultante de la fase de
concurso y la de la fase de oposición.
6.2 Los empates que se produzcan en la puntuación de las personas participantes
en el procedimiento se dirimirán en favor de quienes cuenten con mayor puntuación en la
fase de oposición.
Si persiste el empate se dirimirá a favor de la persona con mayor puntuación en el
apartado b.1) del baremo de méritos contenido en el anexo II; y en caso de ser
coincidente, el de mayor puntuación en el apartado a); atendiendo, si también persiste el
empate, dentro de él, a la mayor puntuación obtenida en cada uno de sus subapartados
en el orden en que se enumeran.
De continuar el empate con los criterios establecidos anteriormente, este se
resolverá mediante un único sorteo, celebrado al efecto por el Tribunal calificador. Entre
las personas igualadas se seleccionará una al azar, mediante la asignación de un
número a cada una de ellas ordenadas por orden alfabético, de modo que todos los

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Núm. 308