II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-22178)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de Técnico PB.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 181643

El abono de la tasa se realizará mediante ingreso en efectivo o transferencia en la
cuenta corriente ES16 3008 0001 18 0700190523 de Caja Rural de Navarra, debiendo
figurar en el justificante la identidad del aspirante y la identificación «Técnico P.B.
(Comunicación) Concurso-Oposición».
En el caso de que se solicite la admisión en ambas convocatorias se abonarán dos
tasas, una por cada procedimiento de ingreso.
4.2 Estarán exentas del pago de la tasa:
a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100.
La exención prevista en el párrafo anterior, referida a la discapacidad reconocida, se
acreditará mediante la presentación del Certificado expedido por el Imserso u órgano
competente de la Comunidad Autónoma, o de la Resolución del Instituto Nacional de la
Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por
Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.
b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el
plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
La exención prevista en el párrafo anterior, referida a la situación de desempleo, se
acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en
la que se hará constar la fecha de inscripción como persona desempleada.
4.3 Salvo que se acredite causa de exención, la falta de pago de la tasa dentro del
plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión de la persona aspirante,
siendo un requisito insubsanable.
4.4 En ningún caso el pago de la tasa de derechos de examen supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación
en el proceso selectivo.
5. Desarrollo del Concurso-Oposición
5.1 El orden de realización de las fases de que consta esta convocatoria será el
siguiente: en primer lugar, la fase de oposición y con posterioridad a su finalización, la
fase de concurso.
5.2 La fase de oposición será común para ambas convocatorias y se desarrollará
de conformidad con lo establecido en la base C de las normas comunes a las dos
convocatorias.
Dicha fase de oposición será eliminatoria. No serán eliminatorias las pruebas que
integran la fase de oposición para los aspirantes participantes en la convocatoria de
concurso-oposición. Para superar la fase de oposición será necesario obtener 30 puntos.
5.3

Fase de concurso y valoración.

https://sedeelectronica.unavarra.es/sede/catalogo-de-procedimientos/todos/instanciageneral.
En el campo «Anexar ficheros» las personas aspirantes deberán aportar la
documentación acreditativa de sus méritos.
Bastará con copias simples de la documentación, si bien, la inexactitud o falsedad de
los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades
penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

cve: BOE-A-2022-22178
Verificable en https://www.boe.es

5.3.1 El Tribunal calificador procederá a realizar la fase de concurso a las personas
aspirantes que superen la fase de oposición.
Todos los méritos deberán ser presentados de forma telemática, en el plazo
establecido por el Tribunal calificador por las personas aspirantes que hayan superado la
fase de oposición, a través de la sede electrónica de la Universidad Pública de Navarra,
a través del botón «Iniciar trámite», en la siguiente dirección: