III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-22222)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública, el Consejo Superior de Deportes, el Ayuntamiento de Barcelona, la Fundación Real Club de Polo de Barcelona y el Real Club de Polo de Barcelona, para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público "Barcelona Equestrian Challenge (4.ª edición)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Sábado 24 de diciembre de 2022
Cuarta.

Sec. III. Pág. 182125

Composición de la Comisión Interadministrativa.

Formarán parte de la Comisión Interadministrativa:
a) La Presidencia de la Comisión será ejercida por la Alcaldesa de Barcelona o
persona en quien delegue.
b) Un vocal en representación del Ministerio de Hacienda y Función Pública,
nombrado por la persona titular de la Subsecretaría de dicho Ministerio.
c) Un vocal en representación del Consejo Superior de Deportes, nombrado por la
Presidencia de este Organismo.
d) Un vocal en representación de la Fundación Real Club de Polo de Barcelona.
e) Un vocal en representación del Real Club de Polo de Barcelona.
f) La Secretaría de la Comisión con voz pero sin voto, que será la persona que
ejerza la Secretaría General del Ajuntament de Barcelona.
El órgano competente para designar a los vocales también podrá designar a sus
suplentes para casos de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otra causa
justificada. Los suplentes se podrán designar por tiempo indefinido por acuerdo unánime
del Pleno o para una sesión determinada por el titular.
Podrá asistir a las reuniones de la Comisión, con voz pero sin voto, cualquier
persona que por su cualificación y/o experiencia la Presidencia estime oportuno, en
función del orden del día a tratar. Estas personas no podrán percibir remuneración
alguna en concepto de dietas por asistencia a las reuniones de la Comisión.
Los miembros de la Comisión Interadministrativa actúan por razón del cargo
originario, no pudiendo percibir remuneración alguna en concepto de dietas de asistencia
a las reuniones de la Comisión.
El régimen de adopción de acuerdos de la Comisión Interadministrativa será por
mayoría simple de los miembros asistentes, si bien, en caso de empate, la Presidencia
tendrá voto de calidad. Para la emisión de las certificaciones a que hace referencia el
artículo 27.2.b) de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, se requerirá el voto favorable del
representante del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Quinta.

Régimen jurídico.

La aplicación de los beneficios fiscales se regirá, en particular, por la Ley 49/2002,
de 23 de diciembre, y por el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado por
Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre.
En todo aquello que no esté previsto en el presente convenio, el funcionamiento de la
Comisión Interadministrativa se regirá por lo dispuesto en la sección 3.ª del capítulo II del
título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y en particular, por la normativa aplicable a los órganos colegiados compuestos
por representaciones de distintas administraciones públicas.
Sexta. Funciones de la Comisión Interadministrativa.

1. La aprobación de los planes y programas de actividades específicas que pueden
dar lugar a la aplicación de los beneficios fiscales previstos en la disposición adicional
septuagésima quinta de la Ley 22/2021
2. La aprobación del logotipo del acontecimiento de excepcional interés público
«Barcelona Equestrian Challenge (4.ª edición)» y su manual de uso, para el empleo con
finalidad publicitaria, de los signos distintivos, denominativos, gráficos, etc., que
identifiquen al acontecimiento.
El manual de uso se ajustará al Manual de aplicación de los beneficios fiscales previstos
en el apartado primero del artículo 27.3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen

cve: BOE-A-2022-22222
Verificable en https://www.boe.es

La Comisión tendrá las siguientes funciones: